Vientres de alquiler, contrarios a la dignidad humana - Alfa y Omega

Vientres de alquiler, contrarios a la dignidad humana

Redacción

La reforma del Registro Civil, que actualmente tramita el Congreso, permitirá que las personas que han viajado al extranjero para tener un hijo por vientre de alquiler lo inscriban como suyo, a pesar de que esta práctica es ilegal en nuestro país. Ya desde verano, los consulados en los países donde se realiza esta práctica tenían orden del Ministerio de Justicia de hacerlo así. El Gobierno justifica esta decisión en una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que condenó a Francia por no reconocer esta filiación, lo que dejaba a los menores desprotegidos: sin nacionalidad, DNI… Sin embargo, el Tribunal Supremo ha afirmado que esta sentencia no es aplicable en España, donde los niños nacidos por esta técnica sí tienen amparo legal. La gestación subrogada es ilegal y los contratos en este sentido son nulos. Por tanto, se reconoce como madre a la mujer gestante, mientras que el padre biológico –muchas veces el que lo encarga– puede reclamar la paternidad, y su pareja –varón o mujer– adoptar luego al niño, que tiene nacionalidad española y no queda desamparado, aunque no conste como hijo de los dos padres de intención. Los padres rechazan esta solución, y reclaman figurar ambos como tales. Cuando esta medida sea realidad, contribuirá a normalizar esta práctica. Algo similar está ocurriendo con las bajas por paternidad, que varios Tribunales Superiores de Justicia ya han concedido.

Esta normalización preocupa a la Iglesia. La Comisión de los Episcopados de la Comunidad Europea (COMECE) presentó, el pasado lunes, en el Parlamento Europeo, un informe que subraya que la gestación subrogada es «gravemente perjudicial para la dignidad humana», y contraria a la Carta de Derechos Fundamentales de la UE y al Convenio de Derechos Humanos y Biomedicina. El informe explica que, aunque los países de la UE «en general condenan las formas comerciales» de esta práctica, muchos jueces ceden ante el «hecho consumado» de los niños nacidos así en el extranjero. Esto «sólo puede animar» a más personas «a desafiar la ley». Por ello, recomienda que se empiece por rechazar la filiación cuando la mujer gestante haya recibido una recompensa.