La particular concepción del Tribunal de Estrasburgo sobre la libertad. La nueva imposición social - Alfa y Omega

La particular concepción del Tribunal de Estrasburgo sobre la libertad. La nueva imposición social

Las recientes –y contradictorias– sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos relativas a la objeción de conciencia de cuatro ciudadanos británicos ha sembrado también la inquietud en las Iglesias europeas: el Tribunal de Estrasburgo está estudiando dos casos –uno de ellos, relativo a España– que afectan directamente a la libertad de las Iglesias para organizarse y configurar su magisterio. No sólo está en juego la libertad de conciencia individual; también lo está en su dimensión institucional

Juan Luis Vázquez Díaz-Mayordomo
La bandera europea ondea en Roma, ante la torre de la iglesia de San Marcos.

Las cuatro sentencias que dictó, la semana pasada, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos acerca de cuatro empleados despedidos, en el Reino Unido, por razones de conciencia, tienen más implicaciones para la libertad religiosa en Europa que el mero ejercicio de la objeción de conciencia individual. Se trataba de la azafata Nadia Eweida, cristiana copta, a quien British Airways despidió, en 2006, por negarse a quitarse una pequeña cruz del cuello. El Tribunal de Estrasburgo reconoció que fue víctima de discriminación religiosa, pero, paradójicamente, ha desestimado las alegaciones de discriminación en otros tres casos similares: el de la enfermera anglicana Shirley Chaplin, apartada de su trabajo por negarse a quitar de su cuello la cruz de su Confirmación, que llevaba desde hacía 30 años; el de Lillian Ladelle, empleada del ayuntamiento de Islington, despedida al negarse a celebrar ceremonias de unión civil entre personas del mismo sexo; y el de Gary McFarlane, terapeuta de la asociación Relate, despedido en 2008 por reconocer a sus superiores su incapacidad para tratar los problemas sexuales de parejas gay.

Todos estos casos, en los que está en juego la libertad de conciencia individual, se van a recurrir a la Gran Sala, la última instancia de apelación del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Sin embargo, la sospecha sobre la libertad de conciencia va más allá de su ejercicio meramente individual: en la actualidad, hay dos casos más en estudio por la Gran Sala del Tribunal de Estrasburgo, que cuestionan la libertad de las mismas Iglesias para organizarse según su propio criterio y convicciones. Se trata de los casos Sindicatul «Pastorul cel Bun» contra Rumanía (en el que el Estado del país balcánico rechazó reconocer a un sindicato profesional de sacerdotes, opuesto a la jerarquía de la Iglesia ortodoxa) y Fernández-Martínez contra España (por el que el Estado español rechazó nombrar a un profesor de Religión que públicamente profesaba posiciones contrarias a la doctrina de la Iglesia católica).

La Santa Sede ha considerado la oportunidad de pronunciarse acerca de todos estos casos, y, en una entrevista a Radio Vaticano, el arzobispo Dominique Mamberti, secretario para las Relaciones con los Estados, de la Secretaría de Estado del Vaticano, ha constatado que «el relativismo moral se impone como una nueva norma social, que mina los fundamentos de la libertad individual de conciencia y de religión». Al mismo tiempo, ha alertado de que, en los casos Sindicatul «Pastorul cel Bun» contra Rumanía y Fernández-Martínez contra España, «se han invocado los derechos a la libertad de asociación y a la libertad de expresión para obligar a comunidades religiosas a obrar contra su estatuto canónico y contra su magisterio». Para la Santa Sede, «estos casos cuestionan la libertad de la Iglesia de obrar según sus propias reglas, y de no someterse a otras normas civiles que las necesarias para el respeto del bien común y del justo orden público».

Monseñor Mamberti ha subrayado la «necesidad de mantener la libertad religiosa» también «en su dimensión colectiva y social». De hecho, «la Iglesia no pide que las comunidades religiosas sean zonas sin ley, sino que sean reconocidas como espacios de libertad en virtud del derecho a la libertad religiosa». En el contexto de «una Europa caracterizada por el aumento de la diversidad religiosa y por la relativa exasperación del laicismo», y «cuando se trata de cuestiones moralmente controvertidas, como el aborto o la homosexualidad, debe respetarse la libertad de conciencia. Prohibir la objeción de conciencia individual e institucional, en nombre de la libertad y del pluralismo, abriría -paradójicamente- las puertas a la intolerancia y a una nivelación forzada, y avalaría que la ley positiva pudiera monopolizar la determinación de la moralidad», concluye monseñor Mamberti.

Un desafío para la Iglesia

En este mismo sentido, Massimo Introvigne, coordinador del Observatorio para la Libertad Religiosa italiano, y antiguo Representante de la Organización para la lucha contra la discriminación hacia los cristianos, ha señalado que estos casos suponen «un desafío gravísimo para la Iglesia católica: si los jueces pueden decidir a quién pueden nombrar los obispos y a quién no; y si pueden decidir quién tiene derecho a permanecer en la Iglesia católica y quién puede ser excluido…, entonces la Iglesia estaría totalmente indefensa frente al Estado, y la libertad religiosa desaparecería».