Los lefebvrianos presentan un recurso contra el decreto del 2 de julio
La Fraternidad Sacerdotal San Pío X anuncia que ha iniciado el procedimiento previsto en el Derecho Canónico para solicitar la rectificación del decreto del Dicasterio para la Doctrina de la Fe
La Casa General de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X (FSSPX) ha anunciado este lunes que ha presentado un recurso preliminar ante el Dicasterio para la Doctrina de la Fe contra el decreto promulgado el pasado 2 de julio, por el que la Santa Sede declaró que los obispos implicados en las consagraciones episcopales celebradas en Écône incurrieron en excomunión.
Según explica la propia fraternidad en un comunicado, el recurso fue presentado el 11 de julio y constituye «el requisito previo necesario» para una eventual interposición de un recurso jerárquico. La FSSPX afirma que este paso se ajusta a lo previsto en los cánones 1734 y siguientes del Código de Derecho Canónico.
La nota añade que, a juicio de la fraternidad, este recurso «tiene como efecto suspender la ejecución del decreto», en aplicación del canon 1353. Esa interpretación es la que sostiene la propia FSSPX en su texto.
Asimismo, la fraternidad explica que con esta iniciativa desea «ejercer el derecho que la Iglesia reconoce a toda persona que se considere perjudicada por un acto administrativo de solicitar su rectificación», y asegura hacerlo «con espíritu de respeto hacia la autoridad eclesiástica y de fiel adhesión a la justicia, a la verdad y al bien de la Iglesia».
El comunicado concluye señalando que la fraternidad pone esta solicitud «en manos de las autoridades competentes» y encomienda el procedimiento «a las oraciones de todos los fieles».
Las excomuniones decretadas por el Vaticano
El recurso presentado por la fraternidad llega después de que el Dicasterio para la Doctrina de la Fe promulgara, el pasado 2 de julio, un decreto en el que declaró que los dos obispos consagrantes y los cuatro obispos ordenados el día anterior en Écône (Suiza) incurrieron en excomunión latae sententiae por haber conferido y recibido la consagración episcopal sin mandato pontificio.
Según explicó entonces la Santa Sede, las consagraciones del 1 de julio constituyeron «un acto de naturaleza cismática», al realizarse pese a las reiteradas advertencias de León XIV para que no se llevaran a cabo. El decreto, firmado por el prefecto del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, el cardenal Víctor Manuel Fernández, constató la pena canónica prevista por el Derecho de la Iglesia para estos casos.
Junto al decreto, el Vaticano publicó una nota explicativa en la que subrayaba que la decisión no tenía un carácter meramente disciplinar, sino que buscaba salvaguardar la comunión eclesial y la autoridad del Romano Pontífice en el nombramiento de los obispos.