Quien haga uso de servicios sexuales prestados por una víctima de trata podrá ser castigado con cárcel - Alfa y Omega

Quien haga uso de servicios sexuales prestados por una víctima de trata podrá ser castigado con cárcel

El Gobierno ha dado luz verde este martes al anteproyecto de ley integral contra la trata y la explotación de seres humanos

Redacción
La ley prevé ayudas para las víctimas. Foto: EFE.

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el anteproyecto de ley integral contra la trata y la explotación de seres humanos, un texto que persigue todas las formas de explotación vinculadas a la trata: esclavitud, servidumbre y trabajos forzosos, la mendicidad, la realización de actividades delictivas, la prestación de servicios sexuales o reproductivos, la extracción de órganos o tejidos y los matrimonios forzosos.

El acuerdo, que establece una Relatoría Nacional sobre Trata y Explotación que coordinará todas las políticas públicas, cuenta con varios ejes.

Reformas penales

El anteproyecto reorganiza y precisa en el Código Penal la persecución de la trata y la explotación de seres humanos, tipificando los delitos de trabajos forzosos, servidumbre y esclavitud. Para desincentivar la demanda, se tipifica también la utilización de servicios, prestaciones o actividades de las víctimas de trabajos o servicios forzosos, servidumbre o esclavitud.

Así, por ejemplo, quien haga uso de servicios sexuales prestados por una víctima de trata será castigado con pena de prisión de uno a cuatro años e inhabilitación. Si se ha actuado «con imprudencia grave», la pena será de seis meses a dos años y medio. Solo quedará exento de pena quien, habiendo utilizado «ocasionalmente» los servicios de esas víctimas, lo denuncie.

También se castigará a quienes, sin ser autores de delitos de trata o explotación, lo faciliten mediante el alquiler de locales o alojamientos.

Reconocimiento de las víctimas

El anteproyecto crea un Mecanismo Nacional de Derivación para detectar, identificar y proteger a la víctimas, que en ningún caso estarán obligadas a denunciar o a participar en la investigación penal para acceder a los derechos que les otorga la norma.

En cuanto se aprecien indicios razonables, la posible víctima será derivada a un centro de primera acogida y se iniciará el procedimiento de identificación formal con dos fases, una provisional y otra definitiva, en la que participarán las Unidades de Violencia sobre la Mujer.

Ley de Extranjería

La norma retoca la Ley de Extranjería y permite a las víctimas sin papeles con una identificación provisional solicitar autorización temporal de residencia y trabajo. Cuando sea declarada de forma definitiva víctima, la autoridad competente «podrá facilitarle, a su elección, el retorno asistido a su país de procedencia una vez reconocida la identificación provisional, o la autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales, en atención a su situación personal, o cuando lo considere necesario a causa de su cooperación para los fines de investigación o de las acciones penales, y facilidades para su integración social».

En la actual legislación también se permitía regularizar a las víctimas sin papeles en atención a su situación personal, pero se situaba en primer lugar la colaboración con la Policía. El anteproyecto apuesta por el retorno asistido voluntario de las víctimas a sus países de origen, que recibirán ayuda para que puedan proporcionar una asistencia adecuada y a largo plazo a quienes regresen.

Derechos de las víctimas e indemnizaciones

Desde el momento de la detección, las presuntas víctimas tienen derecho a recibir información y asesoramiento y a ser derivadas de forma inmediata a los servicios especializados de asistencia y protección.

Ese apoyo comprende alojamiento apropiado y seguro, recursos básicos de subsistencia, asistencia médica y psicológica, asistencia social y asesoramiento legal. Se protegerá su privacidad y su identidad y tendrán derecho a asistencia jurídica gratuita.

Tras su identificación definitiva tendrán derecho a la inserción social y laboral, a acceder al ingreso mínimo vital y a recibir una indemnización económica, que puede obtenerse de los tratantes o explotadores, en el marco del proceso penal, o cuando del Estado si no hay pronunciamiento judicial.

Más sensibilización

Para fomentar la concienciación social contra la trata se plantean medidas en el ámbito educativo, en el sanitario y en el empresarial, con medidas específicas de sensibilización en sectores que se consideran más precarizados o conectados con la economía sumergida: servicio doméstico, hostelería, agricultura, pesca, sector textil, construcción.

Se formará a los inspectores de Trabajo y habrá funcionarios especializados en cada provincia, con modelos de denuncia y protocolos de actuación. El anteproyecto incorpora el deber de diligencia empresarial y en una futura ley se regulará obligaciones de las empresas, sanciones ye incentivos.