El Vaticano estudiará la tipificación «del delito de abuso espiritual» - Alfa y Omega

El Vaticano estudiará la tipificación «del delito de abuso espiritual»

En el Derecho eclesiástico no existe ningún delito tipificado con el nombre de falso misticismo, aunque «esta expresión haya sido a veces utilizada por los canonistas en un sentido estrechamente vinculado a los delitos de abuso», asegura el cardenal Fernández

Victoria Isabel Cardiel C.
El cardenal argentino Fernández en una rueda de prensa en el Vaticano el pasado 19 de septiembre
El cardenal argentino Fernández en una rueda de prensa en el Vaticano el pasado 19 de septiembre. Foto: CNS.

El Papa ha dispuesto la creación de un grupo de estudio, que incluirá a miembros de los dicasterios de la Doctrina de la Fe y de Textos Legislativos, con el objetivo de incluir en el Código de Derecho Canónico el delito de abuso espiritual. Un proceso de tipificación penal que pasa primero por una determinación más adecuada de los asuntos relacionados con la espiritualidad y los supuestos fenómenos sobrenaturales.

La decisión del Pontífice llega tras recibir en audiencia privada el pasado 22 de noviembre al prefecto del Dicasterio para la Doctrina de la Fe (DDF), cardenal Víctor Manuel Fernández.

Ese día el cardenal argentino entregó al Papa una nota en la que —según ha informado Vatican News— se le informó de que «en el Derecho eclesiástico no existe ningún delito tipificado con el nombre de falso misticismo», aunque esta expresión haya sido a veces utilizada por los canonistas «en un sentido estrechamente vinculado a los delitos de abuso».

En la nota que lleva el título Falso misticismo y abuso espiritual, Fernández señala que el falso misticismo «se refiere a propuestas espirituales que perjudican la armonía de la visión católica de Dios y nuestra relación con el Señor».

Un vacío legal que el Papa quiere remediar con la creación de este grupo de estudio, presidido por el carmelita Filippo Iannone, que analizará esta posibilidad.

En todo caso, en las nuevas Normas para proceder en el discernimiento de presuntos fenómenos sobrenaturales, el DDF ya ha precisado que «debe considerarse de especial gravedad moral la utilización de supuestas experiencias sobrenaturales o de elementos místicos reconocidos como medio o pretexto para ejercer dominio sobre las personas o cometer abusos». Esta consideración permite evaluar la situación ahí descrita como circunstancia agravante si se presenta junto con los delitos.