«Un camino extremadamente peligroso» para la libertad
¿Puede un Tribunal decir qué criterios son o no acordes con una doctrina religiosa? ¿Tiene legitimidad la autoridad civil para inmiscuirse en la vida interna de la Iglesia, y en las relaciones entre obispos, sacerdotes y fieles? ¿Puede un grupo de sacerdotes reclamar para sí la representatividad de los fieles, al margen de sus obispos, más aún, contra éstos? ¿Puede alguien definirse como, por ejemplo, cristiano ortodoxo, aunque se oponga a la doctrina de la Iglesia ortodoxa? Esas cuestiones son las que están en juego estos días en el Tribunal de Estrasburgo, que ya ha dictado una polémica primera Sentencia
Los hechos son los siguientes. Un grupo de sacerdotes ortodoxos de Rumanía, discrepantes con sus obispos, reclamaron a su jerarquía constituir un sindicato pastoral, con el que «representar y defender los derechos e intereses profesionales, económicos, sociales y culturales del clero, así como de los miembros seglares de la Iglesia, en su relación con la Administración de la región de Oltenie, con el Patriarcado y con el Ministerio de Cultura y culto», según reconocían en sus Estatutos. El patriarcado ortodoxo les negó la posibilidad de sindicarse, y criticó su intento de arrogarse la representatividad de los fieles y del resto de sacerdotes (algo que, en todo caso, es misión de los patriarcas, garantes de la fe ortodoxa), y no sólo ante el episcopado ortodoxo, sino ante otras instituciones civiles, y para cuestiones que iban mucho más allá de su misión pastoral. Además, el ordenamiento canónico ortodoxo —y la praxis habitual arraigada en la tradición de la Iglesia bizantina, igual que en la de Roma— establece que las cuestiones relativas a la labor de cada sacerdote se acuerdan entre el presbítero y su obispo, al que, y esto es importante, promete obediencia.
Como cualquier trabajador
Ante la negativa del Patriarcado, el grupo de sacerdotes recurrió a la justicia rumana, reclamando el derecho a sindicarse, como cualquier trabajador. El tribunal rumano rehusó entrar en polémicas por el hecho de que un sacerdote reclamase equiparar su vocación a la actividad profesional de cualquier empleado, aunque dio la razón al patriarcado ortodoxo, alegando tres razones. La primera, que la legislación rumana no reconoce el derecho a formar un sindicato a los directivos ni a los cargos públicos, categorías en las que inscribe la labor de los sacerdotes ortodoxos. La segunda es que el ordenamiento civil de Rumanía, creado tras la caída del régimen comunista de la URSS, reconoce como válido el ordenamiento canónico de la Iglesia ortodoxa, que excluye la posibilidad de que los sacerdotes se organicen en sindicatos. Una prohibición que tiene una razón histórica, pues, en la Rumanía comunista, el régimen soviético impulsó la creación de sindicatos de sacerdotes, para rebajar la naturaleza de su labor y controlar las actividades de la Iglesia ortodoxa rumana, a la que la URSS trató de convertir en una especie de Iglesia Patriótica, similar a la que existe hoy en China.
La tercera y última razón es que, «en virtud del derecho a la libertad religiosa, se debe dar prioridad» a la autonomía que tiene la Iglesia ortodoxa para organizarse de forma interna como lo crea más conveniente, frente a la libertad de asociación sindical, «que es jerárquicamente menos importante que la libertad religiosa».

Polémica en Estrasburgo
Lejos de plegarse a la autoridad eclesial que habían prometido obedecer, y de aceptar la sentencia emitida por un tribunal civil no canónico, el grupo de sacerdotes sindicalistas recurrió al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, para demandar al Estado de Rumanía y, de rebote, al patriarcado ortodoxo, blandiendo el artículo 11 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que recoge que «toda persona tiene derecho a fundar, con otras, sindicatos, y afiliarse a los mismos para la defensa de sus intereses».
La polémica llegó cuando el Tribunal de Estrasburgo, el pasado 31 de enero, dictaba una primera sentencia para este caso (bautizado como Caso del Sindicato Pastoral contra el Estado de Rumanía), en la que daba la razón a los sacerdotes ortodoxos. La sentencia ya ha sido recurrida ante la Gran Sala del Tribunal de Estrasburgo, y antes del próximo 15 de abril, un grupo de cinco jueces decidirá si las alegaciones presentadas contra el texto son tan de peso como para que el caso sea juzgado nuevamente.
Más allá de Rumanía
Hasta aquí los hechos. Ahora, el lector puede preguntarse qué importancia tiene este caso, más allá de lo que afecte a la Iglesia ortodoxa, a los sacerdotes sindicalistas y a los cristianos de Rumanía. Y la respuesta tiene miga. Porque, como ha explicado el representante de la OSCE para la discriminación hacia los cristianos, el italiano Massimo Introvigne, el grupo de jueces del Tribunal de Estrasburgo que ha dado la razón a los sacerdotes sindicalistas esgrime unos planteamientos que «son un peligro potencial para la libertad religiosa en toda Europa», al justificar una ingerencia civil en la vida interna de una confesión religiosa, y avalar la insurrección de unos sacerdotes frente a los obispos a los que prometieron obedecer, con el consiguiente daño a las creencias de los fieles.
Introvigne desmenuza la sentencia de Estrasburgo, que pretendía rebatir los tres argumentos del tribunal rumano, y explica por qué hace aguas en sus tres contra-argumentos: «La Corte de Estrasburgo sostiene, primero, que la asimilación de los sacerdotes a los cargos directivos o a los funcionarios públicos es algo controvertido, y no puede darse por sentado, lo cual no deja de ser asombroso, porque se trata de una particularidad de la legislación laboral de Rumanía, sobre la cual la Corte no tiene competencias para pronunciarse (a menos que se hubiera dado una aplicación arbitraria de la ley nacional, cosa que no parece haber ocurrido)».
Autoridad civil, no religiosa
No obstante, Introvigne alerta de que es, «en el segundo y tercer punto, donde la Corte se ha embarcado en un camino extremadamente peligroso». Y lo argumenta así: «En cuanto a los privilegios que la legislación rumana reconoce a la Iglesia ortodoxa, la Corte sostiene que el ordenamiento público (que incluye la libertad de organización sindical) tiene prioridad sobre cualquier acuerdo entre el Estado rumano y otro organismo, incluido el patriarcado ortodoxo», rebajando la importancia de las relaciones históricas entre el Patriarcado y el Estado de Rumanía. Y, lo que es peor, «yendo mucho más allá de sus competencias —dice Introvigne—, el tribunal, en su sentencia, afirma que los estatutos del Sindicato de sacerdotes no contienen nada contrario a la fe de la Iglesia ortodoxa. Tal pretensión presupone que la Corte de Estrasburgo es competente para establecer lo que es o no contrario a la fe del Patriarcado ortodoxo de Rumanía, algo que es absurdo», pues la autoridad del Tribunal de Estrasburgo es civil, no religiosa.
- Un grupo de sacerdotes ortodoxos rumanos reclaman, al Patriarcado ortodoxo, crear un Sindicato, que va más allá de su misión pastoral, al estilo de lo que ocurría en la Rumanía soviética.
- El patriarcado se niega, porque su ordenamiento canónico prohíbe los sindicatos de sacerdotes. Los sacerdotes recurren a la justicia rumana.
- Un tribunal rumano da la razón al patriarcado, por tres razones: el derecho laboral rumano no permite sindicarse a los sacerdotes ortodoxos; el ordenamiento civil reconoce la legitimidad del ordenamiento canónico, que también prohíbe los sindicatos de sacerdotes; y, como la libertad religiosa está por encima del derecho a sindicarse, la Iglesia ortodoxa tiene libertad para organizarse como quiera.
- Los sacerdotes recurren al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, y demandan al Estado Rumano y al Patriarcado Ortodoxo. Se crea el Caso del Sindicato Pastoral contra el Estado de Rumanía.
- El 31 de enero, una sala del Tribunal de Estrasburgo da la razón a los sacerdotes, por tres razones: cuestiona la legitimidad de las leyes rumanas, aunque no tiene competencia para hacerlo; dice que el derecho a sindicarse está por encima de los Acuerdos del Estado rumano con el patriarcado ortodoxo; y se erige en autoridad para decidir qué es o qué no es conforme con la doctrina cristiana ortodoxa, como si su autoridad civil fuese también autoridad religiosa.
- * El Estado de Rumanía y el Patriarcado ortodoxo han recurrido la Sentencia, y el próximo día 15 se decidirá si la Gran Sala del Tribunal de Estrasburgo vuelve a juzgar la cuestión.
- * El Tribunal que han dado la razón a los sacerdotes sindicalistas es casi el mismo que el que propuso retirar los crucifijos de los lugares públicos de Italia, en una Sentencia que fue después anulada por la Gran Sala.
Alarma justificada
Dicho de otro modo, la sentencia justifica que una autoridad civil podría dictar las normas que rigen dentro de la vida de la Iglesia ortodoxa, y marcar a los obispos qué cánones pueden o no establecer. Y si esto es así en las relaciones entre Patriarcas y sacerdotes, ¿qué impediría a una autoridad civil exigir, por ejemplo, a los obispos, la ordenación sacerdotal de mujeres, como reclamó, en 2009, Harriet Harman, ministra de Igualdad del Reino Unido? ¿O por qué no podría un grupo de laicos sindicados reclamar la potestad de nombrar obispos o párrocos, si pueden ser interlocutores autorizados ante la Administración civil y eclesial?
Introvigne explica que «es sobre el punto de la libertad religiosa donde la sentencia suscita particular alarma», pues los jueces de Estrasburgo dicen que, «como los sacerdotes ortodoxos rumanos reciben un salario del patriarcado, son sus empleados, y la relación fundada sobre un contrato de trabajo, no puede ser clericalizada hasta el punto de escapar a la norma que regula el derecho civil». Lo cierto es que, como explica Introvigne, «el sacerdocio no es un trabajo como cualquier otro; y quienes optan por convertirse en sacerdotes saben que esta opción requiere renuncias, entre las que se incluye la interacción con su empleador —la Iglesia— en los términos habituales que se aplican a quienes trabajan en una oficina o en una fábrica». Como es lógico, tales consideraciones no tienen cabida en la Sentencia desde el momento en que el Tribunal aplica sólo criterios laborales, y califica de clericalización lo relativo a la vocación religiosa y a la misión evangelizadora.
Más problemas
El conflicto tiene aún más trascendencia. Por ejemplo, ¿a quién tendrían que atender los fieles en caso de que una norma política violase la doctrina cristiana, por ejemplo, sobre la retirada de símbolos religiosos en lugares públicos: al sindicato que dice representarlos ante las autoridades, o a los obispos de su Iglesia? O, por ejemplo, si el Convenio de Derechos Humanos no ampara a los clérigos en lo que toca al derecho a sindicarse, ¿podría no ampararlos en otros derechos? Sobre esto último, en una alegación presentada al Tribunal de Estrasburgo contra esta primera Sentencia, el director del European Centre for Law and Justice, don Grégor Puppinck, explica que la esencia del artículo 11 del Convenio es «que los trabajadores tienen derecho a expresar sus demandas recurriendo al arbitraje, algo que incluso los sacerdotes ortodoxos rumanos tienen la posibilidad de realizar, utilizando los medios previstos para tal fin en el Derecho Canónico ortodoxo». Con lo cual, es evidente que es el Patriarcado quien tiene autoridad sobre su clero. En su alegación, Puppinck apunta también una auténtica ristra de cuestiones problemáticas, surgidas a raíz de la sublevación de los sacerdotes, como el hecho de que «el objeto del Sindicato pastoral es tan amplio que excede las demandas propias de un sindicato», así como «el campo de su representación, al querer defender no sólo los intereses del clero (que serían empleados de la Iglesia), sino también los de los miembros seglares de la Iglesia que, por definición, no forman parte del clero», y entre los que estarían «los fieles, personas que son miembros de la Iglesia pero no son sus empleados», y cuya doctrina y protección tiene encomendadas el Patriarcado, y no un grupo de clérigos sindicados.
Un interés oculto
La sentencia tiene tantos puntos débiles que Massimo Introvigne apunta a un interés oculto del tribunal, que, casualmente, «está compuesto casi por el mismo cuerpo judicial que en su sentencia sobre el Caso Lautsi, revocada en apelación, por la que se trató de prohibir los crucifijos en las escuelas italianas». A la espera de que se pronuncie la Gran Sala, Introvigne prevé que la primera Sentencia sea revocada, como en el Caso Lautsi, aunque, «siendo un poco malicioso, se puede entender que, más allá del caso, se ha querido enviar un mensaje a la Iglesia católica, por parte de quienes niegan su legitimidad pública en varios países europeos. Y si eso es así, constituye una grave injerencia en los asuntos internos de las Iglesias cristianas, y un paso más en el camino, denunciado por Benedicto XVI, de una legislación europea que considera la libertad religiosa como un derecho individial, no como un derecho de las comunidades».