El Vaticano pide no difundir nombres de sacerdotes acusados de abusos sin pruebas - Alfa y Omega

El Vaticano pide no difundir nombres de sacerdotes acusados de abusos sin pruebas

En una carta fechada en 2024 y revelada ahora, el Dicasterio para los Textos Legislativos pide respetar la presunción de inocencia. También de los fallecidos

Redacción
Filippo Iannone, prefecto del Dicasterio para los Textos Legislativos
Filippo Iannone, prefecto del Dicasterio para los Textos Legislativos. Foto: CNS / Lola Gómez.

El Dicasterio para los Textos Legislativos acaba de hacer pública una carta fechada en septiembre de 2024 en la que advierte sobre los riesgos de difundir informaciones no verificadas —especialmente relacionadas con abusos sexuales— sobre sacerdotes fallecidos sin una condena firme. «La respuesta solo puede ser negativa», señalan en esta misiva Filippo Iannone, prefecto del dicasterio, y su secretario, Juan Ignacio Arrieta.

El documento, publicado esta semana en el sitio web del dicasterio, responde a una duda específica sobre la aplicación del canon 220 del Código de Derecho Canónico, que establece que «nadie puede lesionar ilegítimamente la buena fama de una persona ni atentar contra su derecho a proteger su propia intimidad». De acuerdo con Iannone y Arrieta, es una precaución que debe extenderse también al honor de los fallecidos.

Según los responsables de este ministerio vaticano, «el derecho a defenderse y los principios de la presunción de inocencia hasta que se demuestre la culpabilidad deben ser protegidos y garantizados». Bajando a lo concreto, piden «evitar que se publiquen listas de acusados, incluso por parte de las diócesis, antes de la investigación preliminar y la condena definitiva».

«No puede justificarse por un genérico derecho a la información que pone en el dominio público cualquier tipo de noticia, por muy creíble que parezca, causando un perjuicio real a quienes están involucrados», reza el texto.

El dicasterio recuerda dos principios universales del derecho: la presunción de inocencia, que impide que alguien sea considerado culpable sin una condena judicial definitiva, y la no retroactividad de los delitos, lo que significa que «nadie puede ser juzgado ni siquiera acusado por conductas que, en el momento de su comisión, no eran formalmente delitos».

Finalmente, el documento concluye que «no sería legítima de ninguna manera la publicación de tales noticias cuando dicho riesgo está razonablemente descartado, como en el caso de presuntos criminales fallecidos, donde no hay razón legítima ni proporcionada para dañar su reputación».