El TSJA rechaza el recurso de los obispos contra la reducción del horario en Religión
El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha emitido un auto en el rechaza la medida cautelar provisionalísima solicitada por los obispos aragoneses. Los prelados pedían suspender la implantación de la distribución horaria en el inicio del curso 2016-2017 prevista en la orden del Gobierno autonómico, que aprueba el currículo de Educación Primaria y que otorga 45 minutos semanales a la asignatura de Religión, cuando hasta el curso anterior eran 90. Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
En el auto, el TSJA afirma que no aprecia «la concurrencia de circunstancias de especial urgencia para adoptar tal medida sin oír a la parte contraria, al no poder afirmarse, a los únicos efectos de esta resolución, que la demora en la resolución sobre la suspensión pueda causarle perjuicios de difícil reparación, ni tampoco que la resolución que en su día se pueda dictar sobre ella en la presente pieza pueda carecer de efectividad».
La resolución judicial insta a la Administración demandada, el Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, a que presente en el plazo de 24 horas las alegaciones que estime oportunas en relación a esta suspensión.
Los obispos, además de presentar medidas cautelarísimas también las ha presentado cautelares, sobre las que todavía debe pronunciarse el citado tribunal.
El recurso ha sido presentado este jueves, 1 de septiembre, por el arzobispado de Zaragoza y los obispados de Teruel y Albarracín; Huesca; Jaca, Tarazona y de Barbastro-Monzón a una orden que fue publicada por el Ejecutivo autonómico el pasado 12 de agosto.
El escrito judicial argumenta que esta orden contraviene los Acuerdos suscritos entre el Estado Español y la Santa Sede en 1979, que tienen rango de tratado internacional, va contra el derecho de elección de los padres y contra los derechos de los trabajadores, en este caso, de los profesores de Religión.
Agencias / Redacción