El Tribunal Constitucional avala la Ley de la Eutanasia - Alfa y Omega

El Tribunal Constitucional avala la Ley de la Eutanasia

Rechaza el recurso de Vox porque, afirma, el derecho a la vida no es absoluto

Redacción
Foto: Guillermo Navarro.

El Pleno del Tribunal Constitucional ha avalado íntegramente la Ley de la Eutanasia, uno de los principales proyectos del Gobierno de Pedro Sánchez. Fuentes jurídicas han informado a EFE de que la corte de garantías ha rechazado por mayoría el recurso de Vox con nueve votos a favor y dos en contra, el de los magistrados conservadores Enrique Arnaldo y Concepción Espejel.

De esta forma, el Pleno ha declarado la constitucionalidad de la norma, tal y como recogía la ponencia del magistrado progresista Ramón Sáez, que avalaba la ley de manera íntegra sin cuestionar precepto alguno, al destacar que «garantiza el derecho a la autodeterminación de la persona sin dejar desprotegida la vida».

La eutanasia, cuya aprobación cumplió el pasado sábado dos años, puede ser solicitada por las personas que sufran «una enfermedad grave e incurable» o un «padecimiento grave, crónico e imposibilitante» que afecte a la autonomía y que genere un «sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable».

Vox impugnó la norma por infringir el derecho a la vida al manifestar que se trata de un derecho fundamental que el Estado debe proteger, incluso contra la voluntad de su titular, como lo es también su deber de ofrecer cuidados paliativos a los que sufren, por lo que la eutanasia no puede ser regulada por el legislador.

Pero el tribunal responde que «la Constitución ofrece cobertura» a este supuesto derecho para que la persona pueda decidir el modo y el momento de su muerte. Asimismo, argumenta que no se puede atribuir al derecho a la vida un valor absoluto ni imponer un deber de vivir.

«La tesis absolutizadora de la vida —y su necesario corolario de una obligación de mantenerse con vida— no es compatible con la Constitución», afirma la sentencia, que añade que la norma fundamental «no acoge una concepción de la vida desconectada de la voluntad de la persona titular del derecho e indiferente a sus decisiones sobre cómo y cuándo morir».

Por su parte, los dos magistrados que han formulado voto particular consideran que la sentencia «excede el alcance y los límites del control que corresponde al tribunal, al crear ex novo un derecho fundamental de autodeterminación respecto de la propia muerte en contexto eutanásico» y sostienen que la norma contiene múltiples imprecisiones.