Francisco recuerda que los bienes de la Santa Sede están al servicio de la Iglesia - Alfa y Omega

Francisco recuerda que los bienes de la Santa Sede están al servicio de la Iglesia

A través de un motu proprio señala que las propiedades de organismos curiales y vinculados a la Santa Sede tienen un «destino universal» y, por tanto, estas entidades son depositarias, no propietarias

Redacción
Foto: AFP / Tiziana Fabi.

Los bienes —inmuebles y muebles— de la Santa Sede tienen un «destino universal» y las instituciones y entidades que los han adquirido o que los gestionen son sus «depositarios», no «propietarios privados». Por tanto, deberán actuar siempre en nombre y bajo la autoridad del Papa.

Así lo ha recalcado Francisco a través del motu proprio El derecho nativo, firmado el 20 de febrero y publicado este jueves, en el que aclara el carácter público eclesiástico de los bienes adquiridos por instituciones de la Santa Sede, según recoge Salvatore Cernuzio en Vatican News.

«El derecho nativo, independiente del poder civil, de la Santa Sede a adquirir bienes temporales es uno de los instrumentos que, con el apoyo de los fieles, una administración prudente y controles apropiados, aseguran que la Sede Apostólica pueda operar en la historia, en el tiempo y en el espacio, para los fines propios de la Iglesia y con la independencia necesaria para el cumplimiento de su misión», explica el texto.

Según afirma el Papa, el destino universal de los bienes de la Santa Sede les atribuye una naturaleza pública eclesiástica y, por tanto, las entidades que los compren y utilicen deben hacerlo «para la consecución de sus fines institucionales, el bien común y el servicio de la Iglesia».

En otras palabras, continúa Cernuzio, las entidades e instituciones que han adquirido y a las que, en aras del cumplimiento de las normas civiles, se han registrado estos bienes, deben cuidarlos «con la prudencia que requiere la gestión de la cosa común y según las normas y competencias que la Santa Sede se ha dado». La disposición del Papa se inserta en la reciente constitución apostólica Praedicate Evangelium y en las reformas económicas y administrativas precedentes.

El motu proprio no cambia competencias ni dicta nuevas normas, pero sí reafirma un principio fundamental sobre la naturaleza pública de los bienes y el papel de las instituciones curiales y entidades vinculadas: «Todos los bienes, muebles e inmuebles, incluidos el dinero en efectivo y los valores, que han sido o serán adquiridos, de cualquier modo, por las instituciones curiales y las entidades vinculadas a la Santa Sede, son bienes públicos eclesiásticos y, como tales, propiedad, en título u otro derecho real, de la Santa Sede en su conjunto y pertenecientes, por tanto, independientemente del poder civil, a su patrimonio unitario, no fraccionario y soberano».

Por tanto, «ninguna institución o entidad puede reclamar su privada y exclusiva propiedad o titularidad de los bienes de la Santa Sede, ya que siempre ha actuado y debe actuar en nombre, por cuenta y para los fines de la Santa Sede en su conjunto, entendida como persona moral unitaria, representándola solo donde lo exige y permite la ley civil».

Este principio quiere ser una guía para la acción de toda la Santa Sede y llama a todos a la búsqueda del bien común y a la responsabilidad que comporta la administración de los asuntos públicos eclesiásticos, recordando cuál es la finalidad de los bienes temporales de la Santa Sede, que son bienes públicos de la Iglesia destinados indisolublemente a la consecución de sus fines y no solo a los de la entidad individual a la que se han confiado.