El Constitucional de Portugal vuelve a rechazar la eutanasia
La Federación Portuguesa por la Vida celebra la decisión, tomada por la «intolerable indefinición» sobre los casos en los que se puede solicitar
El Tribunal Constitucional (TC) de Portugal volvió este lunes a echar atrás la despenalización de la eutanasia, al considerar que algunos puntos de la norma entran en conflicto con la ley fundamental del país. La decisión fue anunciada este lunes después de que el presidente luso, el conservador Marcelo Rebelo de Sousa, solicitase su revisión a principios de enero por una cuestión de «seguridad jurídica», informa EFE.
«Es el cuarto intento de legalizar la eutanasia en siete años que fracasa», celebró Antonio Torres, vicepresidente de la Federación Portuguesa por la Vida. Subrayó sobre todo que «en los tres últimos casos la mayoría del Parlamento estaba a favor y aun así no salió adelante».
La entidad espera a conocer el texto completo de la decisión. En un primer análisis, considera problemático que «el rechazo a la ley no se base en la inconstitucionalidad del concepto de eutanasia, sino solo en los términos en los que» las solicitudes deben ser «analizadas de antemano y ejecutadas». En cualquier caso, «estamos resueltos a seguir combatiendo» los intentos de sacarla adelante.
¿Solo por sufrimiento espiritual?
El presidente del TC, João Pedro Caupers, explicó que la decisión fue tomada por «mayoría», al considerar que la ley da lugar a interpretaciones contradictorias sobre el sufrimiento exigido para poder acogerse a la eutanasia. La norma establece tres tipos de sufrimiento —físico, psicológico y espiritual— y el TC defiende que no queda claro si se deben cumplir los tres a la vez o es suficiente con que haya uno de ellos. Esta última respuesta implicaría que una persona podría pedir que pusieran fin a su vida sin padecer ninguna enfermedad física ni discapacidad.
Esta «intolerable indefinición» llevó a los jueces a volver a vetar la norma, como ya habían hecho en 2021. Caupers refirió además que el Parlamento no se limitó a corregir los aspectos que el TC había señalado en 2021 y decidió ir «más allá» al modificar la norma, lo que «tuvo consecuencias». Minutos después de que el Constitucional anunciase su decisión, el presidente comunicó que devuelve la norma al Parlamento.
La ley, aprobada por el Parlamento el pasado diciembre, definía la muerte médicamente asistida como la que «ocurre por decisión propia» de una persona, «en el ejercicio de su derecho fundamental de autodeterminación» y cuando es «practicada o ayudada por un profesional de la salud».
Se aplicaría exclusivamente en casos de mayores de edad, con «sufrimiento de gran intensidad, con lesión definitiva de gravedad extrema o enfermedad grave e incurable». Además, marcaba un plazo mínimo de dos meses entre el inicio del proceso y la muerte médicamente asistida y establecía un acompañamiento psicológico obligatorio para el enfermo.
Imprecisiones y contradicciones
Era la tercera vez que la Asamblea de la República aprobaba la despenalización de la eutanasia, que sigue sin ser una realidad en el país debido a vetos del Constitucional y del propio jefe del Estado. Una primera versión de la norma fue aprobada por el Parlamento portugués en enero de 2021, pero el presidente la envió al Constitucional.
El tribunal la rechazó por considerar que utilizaba conceptos «imprecisos», aunque señaló que la muerte médicamente asistida, por sí misma, no es inconstitucional y abrió la puerta a una nueva tramitación parlamentaria.
La Cámara volvió a aprobar la ley en noviembre de ese año —justo antes de disolverse de cara a las elecciones— con correcciones y un nuevo artículo para definir algunos términos, como los de muerte médicamente asistida, enfermedad grave incurable, lesión definitiva de gravedad extrema o sufrimiento. Rebelo de Sousa aplicó entonces un veto político porque tenía «contradicciones» sobre las situaciones de aplicación y la devolvió al Parlamento.
La tercera versión fue aprobada en diciembre de 2022, pero el jefe del Estado volvió a remitirla al Constitucional para que revisase si cumplía con las exigencias jurídicas que el tribunal había apuntado en 2021.