Albert Toledo: «No hay gran conflictividad en el trabajo por motivos religiosos»
La Generalitat de Cataluña acaba de publicar una guía sobre el respeto a la libertad religiosa en el entorno laboral. Su autor denuncia que la normativa no está al día en esta cuestión
¿Surgió esta guía por algún caso concreto que la provocara?
No hubo ningún suceso específico, pero sí dos situaciones que confluyeron. Por un lado, dediqué mi tesis doctoral y los años posteriores a investigar este tema. Y, por otro, la Dirección de Asuntos Religiosos de la Generalitat de Cataluña tenía siete guías sobre religión en distintos ámbitos —centros penitenciarios, educación pública…— y quedaba una octava, que iba a tener que ver con las relaciones laborales. Como soy experto en la materia, me avisaron de que iban a sacar la elaboración de la misma a concurso público. Me postulé, lo gané y me encargaron su elaboración.
¿No existe una regulación en la actualidad al respecto?
La norma básica del derecho laboral es el Estatuto de los Trabajadores. Lo que ocurre es que la versión original data de los años 80, cuando los centros de trabajo eran homogéneos tanto en materia cultural como religiosa o linguística. Desde entonces hasta ahora, la realidad social española ha cambiado totalmente, y no solo en las grandes ciudades. Ante esta transformación, el diálogo interreligioso y el ecumenismo han avanzado mucho. No ocurre igual con el derecho laboral, donde aún tenemos un modelo en el que las novedades, lo diferente a lo que estaba establecido, entra con demasiada lentitud. Es el caso de la discapacidad, el papel de la mujer o el fenómeno religioso, que es lo que nos ocupa y que, por ejemplo, tampoco dispone de una jurisprudencia al respecto.
¿Si no hay jurisprudencia es porque no ha habido conflictos entre la religión y el mundo laboral?
No existen datos objetivos. Pero sí te digo que yo, como abogado en ejercicio y experto en el tema, que hablo con empresas, trabajadores y sindicatos, no detecto una gran conflictividad en el trabajo por motivos religiosos. Lo que creo que ocurre es que la normativa no dice mucho cuando surge una controversia. Las empresas tratan de solucionar el problema de puertas para dentro. Hay que tener en cuenta que el tejido empresarial español esta formado, sobre todo, por pymes, por lo que los conflictos nunca suelen acabar en un juzgado.
Pero la multiculturalidad, que crece en España, empujará a legislar en este sentido.
La poca jurisprudencia que tenemos, y que está empezando a guiar a la justicia española, viene del Tribunal de Derechos Humanos y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que dictan sentencias, en muchas ocasiones, sobre casos de otros países donde hay una mayor presencia de otras religiones. Y esta es, precisamente, una de las razones de ser de la guía, que aspira a que se pueda alcanzar un punto de encuentro en medio del desfase de la realidad social de los centros de trabajo, que están creciendo en multiculturalidad y ya no son tan homogéneos como hace 40 años. La normativa laboral no se ha puesto las pilas en este ámbito.
La guía de la Generalitat catalana se presentó el lunes 22 de marzo con un coloquio en torno a la libertad religiosa y las relaciones laborales en el que estuvo presente el director general de Asuntos Religiosos, Carles Armengol, y fue moderado por Anna Massallé, técnica del mismo organismo.
En el acto participaron Fátima Ahmed, miembro del Consejo Asesor para la Diversidad Religiosa, y Gagandeep Singh Halsa, portavoz de la comunidad sij, además del propio autor, que abogó para que los agentes sociales «dispongan de una formación mínima que tenga en cuenta la diversidad cultural, lingüística y religiosa» a fin de «hacerse conscientes de las necesidades religiosas a la hora de negociar los convenios colectivos y los acuerdos de empresa».
¿Le ha tocado intervenir en algún caso en el que entren en conflicto la libertad religiosa y el derecho laboral?
Judicialmente no ha sido necesario, pero sí he tenido que realizar algún informe para casos en los que es difícil encontrar una solución. Imaginemos, por ejemplo, a una persona que lleve turbante. ¿Cómo compatibilizamos eso con un casco de protección individual en una obra? No es sencillo y me ha tocado realizar algún dictamen. Pero raramente casos como este acaban judicializados.
En España la religión mayoritaria es la católica. ¿La libertad religiosa ampararía a una persona que tenga que trabajar un domingo y abandone su puesto para ir a Misa?
Hay que ir supuesto por supuesto. No hay una regla preestablecida. En este caso, una de las cosas que se debería mirar es si el trabajador, cuando firmó el contrato, ya sabía que debía trabajar los domingos o no. Si lo sabía, es decir, si firmó el contrato a pesar de tener que trabajar el domingo, creo que estaría actuando de mala fe si luego abandona el puesto de trabajo. Una situación distinta sería si un trabajador cambia de creencias religiosas en mitad del contrato de trabajo o, al contrario, si la empresa cambia las condiciones. Si nunca se ha tenido que trabajar en domingo y te obligan a hacerlo, en ese caso sí hay que ver como se conjuga la libertad religiosa. Lo que no puede hacer nunca un tribunal laboral es meterse dentro de cuestiones teológicas o religiosas. Aquí lo que tenemos que ver son las convicciones personales de cada trabajador en el caso concreto, su ortodoxia o no ortodoxia, en relación a la profesión a la que pertenezca.
Una de las zonas con mayor multiculturalidad de España es, precisamente, Cataluña. ¿Cuál es la situación de la libertad religiosa allí?
Efectivamente, la realidad de Cataluña es muy heterogénea. Hay decenas de confesiones, tanto en las zonas urbanas como en las rurales, y creo que la libertad religiosa goza de buena salud.