Las asignaturas pendientes de los acuerdos Iglesia-Estado - Alfa y Omega

Las asignaturas pendientes de los acuerdos Iglesia-Estado

Gracias a los acuerdos Iglesia-Estado se han conseguido grandes logros como la financiación de la Iglesia o la colaboración en torno al patrimonio artístico religioso, pero aun quedan asignaturas pendientes, como la clase de Religión o las exenciones tributarias de los edificios eclesiales

Pablo Martín de Santa Olalla Saludes
El entonces ministro de Asuntos Exteriores, Marcelino Oreja, firma en Madrid los acuerdos en enero de 1979 junto al cardenal Giovanni Villot, secretario de Estado vaticano
El entonces ministro de Asuntos Exteriores, Marcelino Oreja, firma en Madrid los acuerdos en enero de 1979 junto al cardenal Giovanni Villot, secretario de Estado vaticano. Foto: ABC.

El debate sobre la necesidad de reformar la Carta Magna, aprobada en referéndum por mayoría en 1978, nos lleva a plantearnos la necesidad de debatir sobre la vigencia de los acuerdos Iglesia-Estado que, salvo el referido al nombramiento de obispos –firmado en fase preconstitucional en julio de 1976–, son consecuencia de aquella ley fundamental del Estado que sigue siendo nuestra norma para el establecimiento del Estado de Derecho en España.

Estos acuerdos (que no concordato, instrumento jurídico definitivamente suprimido el 3 de enero de 1979) han constituido un éxito global, ya que han contribuido a materializar lo estipulado en el artículo 16.3 de la Constitución de 1978, en el sentido de que los poderes públicos se comprometerían a mantener «relaciones de cooperación» con la Iglesia católica y con el resto de confesiones.

25 años de acuerdos con evangélicos, judíos y musulmanes

Evangélicos, judíos y musulmanes celebraron en noviembre en el Congreso de los Diputados el 25º aniversario de los acuerdos de cooperación firmados con el Estado. Durante el acto, los líderes de las federaciones religiosas realizaron un balance positivo de sus relaciones con el Gobierno español. El presidente de la Federación de Comunidades Judías de España, Isaac Querub, destacó la firma de los acuerdos en 1992 como un acontecimiento que permitió «la normalización de la vida judía en España tras 500 años de ausencia».

El presidente de la Comisión Islámica de España, Riay Tatari, destacó que en España se vela «por la convivencia de todos los ciudadanos independientemente de sus confesiones». Por su parte, el presidente de la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, Mariano Blázquez, reconoció que los acuerdos «se podrían usar más profundamente».

Uno de sus principales logros está en relación con los nombramientos de obispos. Ya en su momento el Concilio Vaticano II solicitó a aquellos países que poseyeran el privilegio de presentación que renunciaran a dicho privilegio «libre y espontáneamente». En el caso español esta renuncia fue más difícil, ya que se encontraba directamente vinculada a Franco. Pero, con la monarquía y la renuncia de don Juan Carlos a dicho privilegio de presentación, la Santa Sede recuperó la libertad para nombrar obispos.

También ha sido un logro el tema de la financiación, aunque cierto es que no se ha llegado a la completa autofinanciación. En ese sentido, la Iglesia española debe hacer un esfuerzo de comunicación para aclarar que nuestra institución no vive de subvenciones, sino que sus ingresos proceden mayoritariamente de fuentes propias, a las que añadir en torno al 20 % que llega vía cesión por parte del Estado del 0,7 % del IRPF. El acuerdo de diciembre de 2006 ha sido la única modificación que han vivido los textos firmados entre 1976 y 1979, aumentando la cifra del 0,52 % inicial al 0,7 %, al tiempo que se renunciaba a la dotación complementaria que existió durante décadas.

Los acuerdos sobre patrimonio favorecen el desarrollo económico de España. Foto: REUTERS/Felix Ordoñez

El patrimonio histórico-artístico

Pero si hay un éxito particularmente importante es el relacionado con el patrimonio histórico-artístico, recordando aquello que decía el acuerdo de que el patrimonio de la Iglesia formaba parte del «acervo cultural de la nación». En efecto, las diversas administraciones han ido firmando numerosos acuerdos de colaboración con las diócesis en orden a que ese patrimonio histórico-artístico repercutiera favorablemente en el desarrollo económico nacional, siendo particularmente relevante lo que aporta a las arcas del Estado toda la afluencia turística que viene con la intención de conocer las imponentes catedrales de nuestro país o las numerosas iglesias y demás edificios religiosos. Particular mención merece el Camino de Santiago, recorrido todos los años por miles de turistas y que adquiere cada vez mayor categoría internacional.

Frente a ello hay que constatar el palmario incumplimiento de todo lo relativo a la asignatura de Religión, sobre todo si tenemos en cuenta que los acuerdos Iglesia-Estado establecieron, en enero de 1979, que debía impartirse «en las mismas condiciones que el resto de asignaturas». La realidad es que las diferentes leyes educativas no han atendido a lo acordado entre el Gobierno español y la Santa Sede, sometiendo a la Religión a una marginación más que evidente. La LOCE, aprobada en tiempos del segundo Gobierno Aznar, fue la única que intentó cumplir lo establecido en los acuerdos parciales, pero no sirvió de nada, ya que la victoria electoral de Zapatero en marzo de 2004 supuso la no puesta en marcha de la misma, aun cuando ya había superado todos los trámites parlamentarios. Sería sustituida dos años después por la insulsa LOE, que no suponía más que una reafirmación de la LOGSE aportando la evaluación de las competencias básicas que ni siquiera hoy en día saben cómo aplicar en muchos centros a las calificaciones del alumnado.

Por otra parte, siempre va a formar parte del debate político la cuestión de las exenciones tributarias, de las que la Iglesia española se beneficia en función de lo establecido en el acuerdo sobre asuntos económicos y, por asimilación a otras entidades no lucrativas, en la ley de mecenazgo. Puede plantearse la posibilidad de revisar estas exenciones, en particular aquellos edificios de la Iglesia donde no hay culto en este momento ni vive nadie por la escasez de vocaciones y el envejecimiento del clero y los religiosos. Pero es conveniente recordar que la institución se somete todos los años al examen de la ya Declaración de la Renta –a los contribuyentes se les pregunta si desean dedicar el 0,7 % de este impuesto a la Iglesia o bien a otros fines sociales–, examen que, sin embargo, no es realizado ni a los partidos políticos ni a las fuerzas sindicales, cuya representatividad en nuestra sociedad es mucho menor que la perteneciente a la Iglesia católica.

El matrimonio canónico goza de plenos efectos civiles. Foto: Familia Vázquez-Quílez

Matrimonio y aborto

No podemos olvidar el tema del matrimonio canónico, que, gracias a los actuales acuerdos Iglesia-Estado, goza de plenos efectos civiles desde prácticamente los inicios de la democracia. Se trata de una cuestión que en este momento afecta a uno de cada cuatro matrimonios que se celebran en nuestro país. Como actor social de gran relevancia en nuestro país, la Iglesia tiene una palabra importante que decir en este tipo de cuestiones, en un marco de diálogo respetuoso con las autoridades legítimas. Y la legislación eclesial y la civil van por caminos distintos: mientras la primera solo reconoce las situaciones de separación y nulidad, en el caso del segundo la ruptura del vínculo conyugal se traduce en lo que conocemos como divorcio. Como en el caso de la asignatura de Religión, la actitud de los gobiernos (en particular los de izquierdas) ha sido poco dialogante. Más que en relación con el matrimonio, lo ha sido en el sentido de la desprotección de la familia. Ya en junio de 1981 la institución del matrimonio no salió bien parada cuando, estando al frente del ministerio de Justicia un socialdemócrata –Francisco Fernández Ordóñez, fallecido en 1992–, se hizo aprobar una ley del divorcio –la segunda en la historia de España tras la de la II República– francamente lesiva para los intereses de la Iglesia, por cuanto facilitaba, y mucho, la ruptura del vínculo conyugal, olvidando que el primer sujeto al que esta ley debe proteger es a la descendencia. Si ya la ley de 1981 no se negoció con la Conferencia Episcopal ni con la Santa Sede, menos aún se hizo con el llamado divorcio exprés de 2005: toda una conculcación del Derecho, en la medida que bastaba la declaración de uno de los dos cónyuges para que el vínculo que les unía quedara definitivamente disuelto.

Alrededor de un 20 % de la financiación llega por la asignación tributaria. Foto: Ernesto Agudo

Tampoco se tuvo en cuenta, en relación con las dos leyes que permiten la interrupción voluntaria del embarazo –la de 1985 y la de 2009–, la importancia del nasciturus, del no nacido, en el sentido de preservar su desarrollo embrionario. La segunda ley –conocida como Ley Aído por ser Bibiana Aído, ministra entonces de Igualdad, la que tramitó dicha ley–, no nació de ningún pacto entre fuerzas políticas, ni menos aún partió de conclusiones elaboradas por un comité especializado, sino que se inició a partir de un comité donde todos los miembros tenían la misma visión ideológica y finalizó con una ley de plazos donde se daban auténticos disparates como permitir a una adolescente interrumpir su embarazo a pesar de no haber cumplido los 18 años de edad, y donde se daba la posibilidad de que sus progenitores no solo no tuvieran que dar el necesario consentimiento, sino que ni siquiera se exigía el consentimiento de los mismos. Cierto es que tenía su parte bienintencionada, como acabar con las numerosas clínicas abortistas que no daban ninguna garantía de protección sanitaria y se habían convertido en un auténtico negocio de la muerte, pero hubiera sido más eficaz reforzar la formación educativa de las futuras generaciones en sexualidad, cosa que no se hizo. Afortunadamente, durante la siguiente legislatura (2011-15) el Gobierno presidido por Mariano Rajoy rectificó este último extremo y, aunque la llamada ley de plazos sigue estando en vigor, ya no se da la posibilidad de que menores entre los 16 y los 18 años pueden asumir una decisión de tal calado sin conocimiento ni consentimiento paterno.

Estos acuerdos Iglesia-Estado firmados en plena transición democrática han posibilitado una relación bastante cordial entre los diferentes gobiernos –solo la etapa de Zapatero resultó desafortunada– y la institución, y por ello, teniendo siempre presente que España es un país donde el cristianismo sigue aun siendo su principal seña de identidad, sería positivo que fueran reforzados en aras del beneficio de ambas partes.

Pablo Martín de Santa Olalla es autor de El Rey, la Iglesia y la Transición y coautor de 50 años de la Conferencia Episcopal. Historia de una colegialidad