Doctrina de la Fe ve obstáculos para reconocer las apariciones de Nuestra Señora del Monte Sant’Onofrio
Está a favor de que se le rinda «culto privado» en grupos muy reducidos, pero advierte de que quienes convocan peregrinaciones generan «una herida en la comunión eclesial»
El Dicasterio para la Doctrina de la Fe ha emitido un pronunciamiento oficial sobre los presuntos fenómenos sobrenaturales que, según sus supuestos testigos, se producen desde 2010 en el Monte Sant’Onofrio de Agnone, en Italia. A través de una carta de su prefecto, el cardenal Víctor Manuel Fernández, y dirigida al obispo de Trivento, Camillo Cibotti, determina que el caso debe recibir la calificación de prae oculis habeatur, es decir, «ha de tenerse en cuenta». Es una fórmula que implica el reconocimiento de algunos frutos de esta devoción, pero también precaución. Si no existieran dudas, le habría otorgado el nihil obstat, esto es «ningún obstáculo» a su reconocimiento.
Entre los «importantes signos positivos» que el cardenal argentino sí reconoce, destaca «el recuerdo constante de los medios fundamentales de santificación». A saber: «la Palabra de Dios, la Eucaristía y la Reconciliación». También «la invitación a la solidaridad con el mundo en que vivimos» y la convicción de que «la Virgen nos dirige siempre a Jesucristo».
Sin embargo, la resolución llama la atención sobre dos riesgos. El primero, el «incumplimiento de las prescripciones impuestas por el ordinario del lugar sobre la prohibición de cualquier forma de culto público o privado». Así, lamenta que «algunos eclesiásticos» desobedecen a su obispo en este aspecto y generan «una herida en la comunión eclesial».
El segundo aspecto delicado gira en torno a posibles confusiones sobre «la naturaleza de las relaciones entre las almas de los difuntos y la Iglesia viva». La Santa Sede no detecta herejías explícitas pero sí «una frontera delgada entre prácticas lícitas y de riesgo». Especialmente porque, según una vidente, algunas almas se le manifiestan por medio del ángel de la guarda. Ante esta afirmación, Fernández recuerda que «se quiere excluir todo fenómeno médium». Así toda relación con los difuntos debe entenderse como «oración de intercesión» y nunca como evocación.
Por tanto, aunque Doctrina de la Fe permite el «culto privado», es decir, «visitas personales, en parejas o en grupos muy reducidos», mantiene al mismo tiempo la prohibición de culto público, peregrinaciones o difusión del fenómeno sin permiso eclesiástico.