La Suprema Corte de México declara inconstitucional penalizar el aborto - Alfa y Omega

La Suprema Corte de México declara inconstitucional penalizar el aborto

A partir de este momento serán anuladas todas las leyes que no lo permitan al menos durante un plazo, e incluso las que simplemente lo despenalicen en ciertos supuestos

María Martínez López
Creyentes rezan durante una protesta contra la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de México el martes
Creyentes rezan durante una protesta contra la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de México el martes. Foto: Reuters / Gustavo Graf

La Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN) de México declaró inconstitucional el martes la penalización del aborto. Por unanimidad, los diez magistrados del pleno de la SCJN invalidaron el artículo 196 del Código Penal del estado de Coahuila, al norte del país. Este imponía de uno a tres años de cárcel «a la mujer que voluntariamente practique su aborto o a la persona que le hiciere abortar con su consentimiento».

Se anulan también fragmentos de los artículos 198 y 199 del mismo texto. Sobre la mesa de la Suprema Corte estaba otra ley, que garantiza el derecho a la vida desde el momento de la concepción, esta vez en el estado de Sinaloa. Previsiblemente, esta norma también será anulada, pues se considera inconstitucional «criminalizar de manera absoluta» el aborto, según el comunicado oficial de la SCJN.

Aunque el alto tribunal entiende, según afirma en un comunicado, que «el producto de la gestación merece una protección que incrementa en el tiempo a medida que avanza el embarazo», dicha protección «no puede desconocer los derechos de las mujeres y las personas gestantes» a decidir. El propio presidente de la Corte presentó su toma de postura de «decisión histórica en la lucha por los derechos y libertades de las mujeres».

«Misma protección en todas las etapas»

El impacto de la sentencia no se limita a Coahuila y Sinaloa. Al superar los ocho votos a favor, la sentencia crea jurisprudencia y obliga a todos los jueces federales y locales. Por criminalización «absoluta» del aborto, y por tanto inconstitucional, se entenderá a partir de ahora no permitir abortar «en un período cercano a la implantación». E incluso las leyes que solo despenalicen el aborto en algunos supuestos, pues «se cataloga como un delito» aunque no tenga sanción.

En México, la legislación sobre el aborto es competencia estatal, no federal. Actualmente, solo cuatro de los 32 estados del país han legalizado el aborto: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz. A partir de ahora, cualquier ley que defienda la vida en cualquier lugar del país será anulada. Ante los estados solo se abren dos escenarios: legislar a favor del aborto o no legislar en ningún sentido.

Ha caído en saco roto la voz de los obispos, que el domingo pedían que los magistrados se guiaran por un criterio de justicia, «que da a cada quien lo suyo, y en este caso otorgue la protección equivalente a la madre y al hijo no nacido, sin discriminación por su grado de desarrollo». En un comunicado Jesús José Herrera Quiñones, responsable de la Dimensión de Vida de la Conferencia del Episcopado Mexicano, recordaba que «el ser humano, hijo de un padre y una madre, cuya vida inicia en el momento de la concepción, debe ser reconocido en su dignidad en todas las etapas de su vida, y merece la misma protección de la ley ante acciones que pudieran atentar contra su integridad».