La justicia establece el 10 de febrero como fecha para el desahucio de las exreligiosas de Belorado - Alfa y Omega

La justicia establece el 10 de febrero como fecha para el desahucio de las exreligiosas de Belorado

Dos recientes resoluciones judiciales «ordenan que se desaloje el recinto en el plazo de un mes sin que estas disposiciones puedan, en ningún caso, verse interrumpidas o alteradas».

José Calderero de Aldecoa
Las exclarisas, en una imagen de archivo, a su llegada al juzgado.
Las exclarisas, en una imagen de archivo, a su llegada al juzgado. Foto: AFP / César Manso.

El juzgado de Briviesca ha señalado el próximo día 10 de febrero de 2026 a las 09:30 horas como fecha para el desahucio de las exreligiosas del monasterio de Belorado. Así lo ha revelado la Oficina del Comisario Pontificio en un comunicado en el que informa de dos recientes resoluciones judiciales que «ordenan que se desaloje el recinto en el plazo de un mes sin que estas disposiciones puedan, en ningún caso, verse interrumpidas o alteradas».

La primera de ellas se ha dado a conocer este miércoles 7 de enero. Se trata del Auto de ejecución provisional 109/2025, de 30 de diciembre de 2025 dictado por la Plaza N.º 1 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Briviesca.

Imagen de Belorado difundida por lar archidiócesis de Burgos.
Imagen de Belorado difundida por lar archidiócesis de Burgos. Foto: Archidiócesis de Burgos.

No cabe recurso

En dicho auto se acuerda, según ha subrayado la Oficina del Comisario Pontificio, «dictar orden general de ejecución provisional del título indicado a favor de la ejecutante, Clarisas Monasterio de Santa Clara, frente a […] la parte ejecutada, para que por la misma se deje libre y expedita a disposición de la parte actora la finca, Monasterio de Santa Clara en Belorado, sita en Belorado, cuya posesión deberá entregar a la actora y que desaloje en el plazo de un mes, con apercibimiento de lanzamiento si no lo hiciere voluntariamente».

Contra esta primera resolución, «no cabe recurso alguno», advierte el comunicado. Cabe señalar que se trata de la primera resolución contra la que ya no cabe recurso; una cambio de paradigma que apuntaría hacia un próximo final del proceso.

Fachada exterior del monasterio de Belorado.
Fachada exterior del monasterio de Belorado. Foto: Europa Press / Tomás Alonso.

Sin interrupciones

La segunda resolución, en forma de decreto, fue dictada por el mismo tribunal el pasado 5 de enero de 2026. En esta ocasión se ordenaba que «en el caso en que no se proceda a la entrega y desalojo de la finca anteriormente descrita se señala el lanzamiento el próximo día 10 de febrero de 2026 a las 9:30 horas».

Y aunque el decreto «sea recurrible en revisión», sin embargo «la presentación del recurso no suspenderá los efectos de este decreto. Por tanto, todas las decisiones o actuaciones que se hayan resuelto seguirán su curso sin interrumpirse, y en ningún caso se podrá actuar en sentido contrario a lo que se haya resuelto».