Estrasburgo da la razón a Italia: hizo bien en quitar un niño nacido por vientre de alquiler a la pareja que lo encargó
Una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos «devuelve a los estados la libertad de rechazar los hechos consumados» en casos de paternidad por vientre de alquiler «y de sancionar a la gente que recurre ilegalmente» a esta práctica, incluso retirando la custodia del niño concebido
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo ha dado la razón a las autoridades italianas por haber despojado a una pareja del niño que habían obtenido a través de un contrato de maternidad subrogada en Rusia. Esta sentencia revoca, por once votos contra seis, la tomada en sala por el mismo tribunal en enero de 2015 y que condenaba a Italia a indemnizar con 30.000 euros a la pareja.
El Centro Europeo para el Derecho y la Justicia ha valorado positivamente que con esta decisión Estrasburgo «devuelve a los estados europeos una posibilidad de luchar contra la maternidad subrogada realizada en terceros países». También explica que, a diferencia de casos anteriores en los que el tribunal dictó sentencia a favor de las personas que habían contratado el vientre de alquiler, en este caso el niño «no tiene conexión biológica» con los compradores.
La pareja había sido considerada apta para la adopción por las autoridades italianas, pero perdieron la paciencia ante la falta de niños y optaron por un camino radical. Los hechos se remontan a 2011 cuando nació en Moscú un niño, de una madre subrogada que –supuestamente– había sido inseminada con el esperma del italiano que hubiera sido su padre. Las autoridades rusas proporcionaron a la pareja una documentación que permitía el regreso a Italia de los tres: la madre que no podía tener hijos, el padre que supuestamente había fecundado in vitro el óvulo de la madre de alquiler y el niño.
Vínculo «incierto»
Sin embargo, a su llegada a Italia, las autoridades se negaron a inscribir al niño como hijo de la pareja, alegando que el procedimiento de la maternidad subrogada es ilegal en ese país. También ordenaron la retirada de la partida de nacimiento rusa que –según la ley del país– les reconocía como progenitores. Según el Tribunal, esta decisión buscaba defender el orden público y proteger los derechos de los niños respecto a la filiación.
La sentencia basa su decisión en que no había ningún lazo biológico entre el niño y los padres, la relación entre ellos fue corta –menos de seis meses– y los lazos entre ellos son «inciertos» desde una perspectiva legal. Por eso, dictamina que no hay entre el niño y los padres «vida familiar», ni siquiera de facto. La sentencia también considera que a los nueve meses «no existen vínculos afectivos suficientes» como para considerar que la separación de sus supuestos padres podría crear un daño psicológico al niño. Este fue puesto en manos de un centro de acogida de las autoridades italianas y en la actualidad ya ha sido adoptado por otra pareja que estaba en la lista de espera. El texto reconoce que la vida familiar de los padres se ha visto afectada, pero sin que sus derechos hayan sido violados.
No existe el derecho a ser padres
La sentencia explica que la Convención Europea de Derechos Humanos «no reconoce el derecho a convertirse en padre», y que «el interés público» está por encima del «deseo de ser padres» de los contratantes. «Dejar que el niño se quedara con ellos habría equivalido a legalizar la situación creada por ellos en violación de reglas importantes del Derecho italiano». El Centro Europeo para el Derecho y la Justicia, sin embargo, lamenta que el Tribunal no haya aprovechado esta ocasión «para condenar la maternidad subrogada en sí misma». Con todo, «devuelve a los estados la libertad de rechazar los hechos consumados y de sancionar a la gente que recurre ilegalmente» a esta práctica, que atenta contra los intereses tanto de los niños concebidos como de las madres que alquilan su útero.