El Consejo de Ministros aprueba el anteproyecto de ley de vivienda
La norma, que llegará antes de final de año al Congreso de los Diputados, penalizará a los propietarios con viviendas vacías y facilitará la intervención de las administraciones sobre zonas con precios elevados
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el anteproyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda, una norma que, entre otras novedades, supondrá la regulación de precios de los alquileres en determinados supuestos, la penalización fiscal de viviendas vacías o la declaración de zonas tensionadas, es decir, con precios especialmente elevados.
El anteproyecto, que será tramitado por la vía de urgencia y que llegará al Congreso de los Diputados antes de final de año, pretende, en palabras de la ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez, convertir la vivienda en el quinto pilar del Estado del bienestar. «Será una potente herramienta para facilitar la integración y luchar contra la exclusión. […] Es una ley histórica que va a combatir los excesos del mercado y la escalada de precios».
Sánchez ha defendido que no hay invasión del Gobierno en las competencias de las comunidades autónomas y que se trata de una ley garantista tanto desde el punto de vista del arrendatario como del inquilino. «La vivienda es un derecho que los poderes públicos debemos atender y que permite el ejercicio de otros derechos como la libertad, la intimidad y la seguridad», ha añadido.
Entre otras medidas, el anteproyecto define las zonas tensionadas, que podrán ser declaradas por las comunidades autónomas siempre que el precio del alquiler supere el 30 % de los ingresos medios por hogar y que en los últimos años haya subido cinco puntos por encima del IPC de esa comunidad.
La declaración, que puede prolongarse durante tres años y ser prorrogada si las condiciones no cambian, implica medidas para aumentar la oferta de vivienda e impedir incrementos abusivos. Por ejemplo, el inquilino podrá acogerse a una prórroga extraordinaria del contrato en vigor.
Además, existirá la posibilidad de limitar la renta del alquiler a la del contrato anterior con el incremento del IPC o hasta un 10 % si se realizan mejoras en la vivienda o contratos de larga duración. Para los grandes tenedores –persona física o jurídica con más de diez viviendas– la cuantía estará marcada por el contrato anterior o por el límite máximo aplicable conforme al sistema de precios de referencia.
Recargo en el IBI para viviendas vacías
Por otra parte, los ayuntamientos podrán aplicar un recargo de hasta el 150 % en el IBI a las viviendas sin ocupar durante más de dos años, siempre y cuando su propietario tenga cuatro inmuebles como mínimo.
La norma incluye, además, una reserva del 30 % del suelo para vivienda protegida –del que el 50 % se destinará a alquiler– y crea el concepto de vivienda asequible incentivada, la privada con acceso a beneficios fiscales cuando establezca precios reducidos. En este sentido, la norma incluye desgravaciones en el IRPF para los ingresos que provienen de los alquileres siempre que se cumplan algunas condiciones: reducción en el precio, inquilinos jóvenes…
Otra de las grandes novedades del anteproyecto de ley de vivienda es la mejora de la regulación de los desahucios en situaciones de vulnerabilidad. Se suspenderán dos meses si el propietario es persona física y cuatro si es jurídica.