CONCAPA pide al Gobierno que modifique la ley para que los menores no puedan faltar a clase legalmente
Después de que una sentencia del Tribunal Supremo avale que los menores de etre 14 y 17 años puedan ejercer su derecho de huelga y ausentarse de la clase, sin necesidad de permiso ni conocimiento paterno, y sin otro requisito que comunicarlo de forma comunitaria y por escrito a la dirección del centro, la segunda mayor asociación española de padres de alumnos, Concapa, ha pedido al Gobierno que modifique la ley para evitar que los menores puedan faltar a clase sin conocimiento de las familias
Después de que el Tribunal Supremo haya dictaminado que los alumnos a partir de 3º de la ESO (14 años) van a poder ejercer su derecho a huelga sin consentimiento paterno, como exigía un decreto educativo de la Comunidad Valenciana, una de las asociaciones de padres mayoritarias en España, CONCAPA, ha mostrad su rechazo «a que los estudiantes menores de edad puedan tomar la decisión de no asistir a clase sin que se considere falta de conducta, ni sea objeto de sanción, siempre que adopten tal decisión colectivamente y sea comunicada a la dirección del centro», como recoge el Tribunal.
Un falso derecho para no ir a clase
La Confederación Católica de Padres de Alumnos ha denunciado que «la estimación de este falso derecho que en nada potencia la responsabilidad del estudiante –consistente en asistir a clase en horario lectivo y estudiar–, es consecuencia directa de la insensatez de los sucesivos Gobiernos que, en materia educativa, lo han permitido por criterios políticos y no pedagógicos, considerándolo una expresión del derecho de reunión o para estimular la participación de los alumnos, habiendo creado en su lugar un verdadero derecho a la inasistencia a clase, sin atreverse a modularlo o suprimirlo».
Graves problemas legales
Concapa, que representa a 51 federaciones provinciales que integran las Asociaciones de Padres de Alumnos de los colegios, y en las que participan unos tres millones de padres, asegura que «este falso derecho presenta problemas y contradicciones, puesto que los alumnos que opten por no asistir a clase durante el tiempo que consideren conveniente perjudican su formación» sin que ni sus profesores, ni sus padres o tutores «puedan impedirlo». Además, «ausentarse de clase o del colegio sin consentimiento del centro o de sus progenitores presenta el problema de determinar a quién se atribuye la responsabilidad de sus acciones», señalan desde CONCAPA, cuyo Presidente nacional, Luis Carbonel, es jurista de profesión y abogado en ejercicio.
La responsabilidad es del Gobierno
Por eso, para CONCAPA, «no es razonable que los alumnos menores de edad, sin la suficiente capacidad ni responsabilidad legal puedan ejercitar el derecho de huelga, como les reconoce la reciente sentencia del Supremo». Eso sí, la responsabilidad última de semejante dislate, según CONCAPA, no es del Alto Tribunal, sino del Gobierno: «El Supremo viene obligado a reconocer este derecho puesto que así lo consagra el artículo 8 de la LODE, que aún permanece vigente sin que el actual Gobierno lo haya modificado o suprimido en la LOMCE, y que CONCAPA cree necesario modificar».
Consentimiento imprescindible
Por eso, CONCAPA recuerda que «los padres, respecto a los hijos menores de edad, son los primeros responsables de su educación, actuando en su propio nombre y derecho hasta que son mayores de edad y responsables legales de sus actos». Y esto implica «la necesidad de tutorizar a los menores mientras dure su minoría de edad, siendo imprescindible el consentimiento paterno para todas aquéllas decisiones que les afectan». Por este motivo, la mayor asociación de padres de la escuela concertada y la segunda más importante de toda España, ha solicitado al Gobierno «que tome las medidas pertinentes en este sentido» para corregir la situación.