Acuerdo histórico de colaboración entre la Generalitat y las diócesis de Valencia - Alfa y Omega

Acuerdo histórico de colaboración entre la Generalitat y las diócesis de Valencia

La Generalitat y las diócesis levantinas crean una Comisión mixta que asesorará a la administración en patrimonio cultural, sanidad, educación, asistencia social y justicia

Juan Luis Vázquez Díaz-Mayordomo
Sesión constitutiva de la Comisión Mixta en el Palau de la Generalitat de Valencia, el 1 de diciembre. Foto: Diócesis de Orihuela-Alicante.

La Generalitat de valencia y las tres diócesis con territorio en la comunidad levantina —Valencia, Orihuela-Alicante, Segorbe-Castellón y Tortosa— han acordado la creación de una comisión mixta de cooperación en cinco ámbitos: patrimonio cultural, sanidad, educación, asistencia social y justicia.

Presidida por el jefe del Consell y como vicepresidente el arzobispo de Valencia, el objetivo de este nuevo organismo de colaboración será la asesoría en estas materias en base a la competencia que en ellas tiene la Generalitat. En base a ello, la Iglesia en Valencia asesorará a las distintas consellerías en aquellas materias que sean de competencia autonómica en estos ámbitos.

Ximo Puig y los Acuerdos Iglesia-Estado

Uno de los aspectos más interesantes del acuerdo entre la Generalitat valenciana y las diócesis levantinas es que en el decreto de creación de la comisión mixta, el presidente Ximo Puig —socialista, en el gobierno de la comunidad gracias al acuerdo con Compromis y Unidas Podemos—, alude explícitamente a los Acuerdos de España con la Santa Sede de 1979 defendiendo que «gozan de la naturaleza jurídica de tratado internacional, al celebrarse con un sujeto de derecho internacional como es la Santa Sede, por lo que forman parte del ordenamiento jurídico interno y sus disposiciones tan solo pueden ser derogadas, modificadas, o suspendidas en la forma prevista por los mismos tratados, o de conformidad con las normas generales del derecho internacional».

Así, el pleno de la comisión estará formado por la presidencia, la vicepresidencia y diez vocalías, cinco en representación de la Generalitat que ostentaran los consellers titulares de las consellerias competentes, y cinco en representación de la Iglesia Católica, que serán el obispo de Orihuela-Alicante, el obispo de Segorbe-Castellón, el obispo de Tortosa, el vicario general-moderador de la Curia de la Diócesis de Valencia, y un obispo, sacerdote o laico designado por los obispos con territorio en la Comunitat Valenciana.

En el decreto de creación de la comisión, el presidente de la Generalitat valenciana, Ximo Puig, avala el acuerdo citando el artículo 16.3 de la Constitución española que establece que «los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia católica y las demás confesiones religiosas».

Reuniones cada seis meses

En materia de patrimonio cultural, la comisión asesorará a la administración en lo necesario para garantizar la protección, conservación y difusión del patrimonio cultural valenciano cuya titularidad pertenezca a la Iglesia católica. En educación, aconsejará de modo que se pueda garantizar en los centros públicos el derecho de los padres, según sus convicciones religiosas, a que sus hijos reciban la enseñanza de Religión católica y dotarlos del profesorado necesario.

En materia de sanidad, ambas partes se comprometen a garantizar la asistencia religiosa a los ciudadanos internados en los hospitales públicos valencianos. En asistencia social, el objetivo es garantizar la prestación de servicios sociales por parte de las instituciones de la Iglesia. Y en materia de justicia, la comisión asesorará a la administración para promocionar el derecho a la libertad religiosa y de culto de los valencianos.

Para conseguir todos estos objetivos, la comisión se reunirá una vez cada seis meses con carácter ordinario, sin perjuicio de reuniones de carácter extraordinario si son convocadas por la presidencia a iniciativa propia o a propuesta de al menos una tercera parte de las vocalías.