Luces y sombras en la ley de extranjería
El nuevo reglamento deja fuera a personas como Renzo y a al menos 75.000 indocumentados pero amplía los supuestos para acogerse al arraigo. Los expertos valoran los cambios, pero piden ir más allá
Renzo es de Perú y tiene 24 años. Llegó a España huyendo «de la inseguridad y de la corrupción» en su país. Pero desde que desembarcó en Madrid no ha podido más que sobrevivir con pequeños trabajos realizados sin contrato. «He sido ayudante obras, repartidor o limpiador de pisos», enumera. Otra cosa que también ha podido hacer es dejarse ayudar. «Estoy muy agradecido a Cáritas de Getafe», manifiesta. La entidad caritativa de la Iglesia no solo le ha pagado el alquiler de la habitación en la que vive en dos ocasiones, sino que también le ha ayudado con su formación. «Me estoy preparando para ser ayudante de almacén», explica con orgullo. Todo será en balde, sin embargo, si no consigue un permiso de residencia y trabajo. El problema es que con el nuevo reglamento de la ley de extranjería, según Cáritas, no puede regularizar su situación al no contar con el tiempo de permanencia necesario en España para hacerlo acogiéndose al arraigo. Pero no es el único. «Sigue habiendo personas en situación irregular que no entran bajo el paraguas del nuevo reglamento. Pensemos en el gran número de indocumentados. Solo Cáritas tiene constancia de unos 75.000 y no todo el mundo acude a esta entidad, con lo cual podemos suponer que el número es aún mayor», advierte el director del Departamento de Migraciones de la Conferencia Episcopal Española, Fernando Redondo.
No es el único colectivo perjudicado. «A partir de ahora, el tiempo que una persona haya pasado como solicitante de protección internacional no contabilizará como tiempo de permanencia previa en España para la solicitud del arraigo», explica el responsable de Incidencia Política y Orientación Jurídica sobre Movilidad Humana en Cáritas Española, Diego Fernández-Maldonado. De esta forma, si la Administración deniega la protección el candidato deberá comenzar con el proceso de arraigo desde cero y esperar en situación irregular los años que marca la ley para poder acogerse a esta figura. Este cambio legal, según Fernández-Maldonado, «es un ataque frontal a la protección internacional». Quizá por ello, el punto no «estaba incluido en el borrador sobre el que trabajamos en la consulta que hizo el Ministerio [de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, N. d. R.] a las entidades del sector»; un proceso en el que Cáritas Española «participó de manera activa». Según el responsable, «hicimos un documento muy amplio de aportaciones, pero lamentablemente las que reivindicábamos con más fuerza no han sido recogidas en el texto definitivo».
En ese documento, por ejemplo, se advertía sobre el funcionamiento de las oficinas de extranjería y las vías de acceso a los expedientes. «Hay personas que aunque cumplen los requisitos para acceder al arraigo no pueden presentar su expediente porque no hay citas disponibles para ello», señala el responsable. Por otro lado, este reglamento consolida la presentación telemática de los expedientes, «que es muy cómoda, pero imposible para alguien en situación irregular porque no dispone de firma electrónica». Por último, Fernández-Maldonado lamenta que en el caso de que una persona haya podido presentar su solicitud hay un último obstáculo que es «el plazo excesivamente largo de resolución». Esto tiene un impacto directo para los arraigos relacionados con el trabajo, «porque supone que tienes que convencer al empleador de que contrate a una persona que no va a poder trabajar hasta que la resolución sea favorable, algo que puede tardar seis u ocho meses». Y aunque «uno de los objetivos que dice perseguir este nuevo reglamento es dar mayor agilidad a los procedimientos de regularización», la realidad es que «se quedará en agua de borrajas, si no se dota del personal y las estructuras necesarias para llevar a cabo esta gestión», añade el director de Migraciones de la CEE.
Nuevos arraigos
El Gobierno dio luz verde al reglamento el pasado 19 de noviembre, durante el Consejo de Ministros. A su conclusión, la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, afirmó que con él «se simplifican procedimientos, se eliminan duplicidades y se dan mayores garantías y rigor jurídico». La principal novedad es la reducción del tiempo que una persona tiene que pasar en España —en situación irregular— para acceder a la regularización por arraigo: de tres a dos años. También se han modificado los tipos de arraigo. Antes había cuatro situaciones y se han ampliado a cinco: arraigo social, sociolaboral, socioformativo, familiar y de segunda oportunidad. Este último no figuraba en el anterior reglamento y permite regularizar a los extranjeros que han tenido una autorización previamente y por alguna razón no han podido renovarla. Asimismo, el nuevo texto modifica la situación de los visados y establece que todas las autorizaciones iniciales van a ser de un año.
Al final, «con todas estas luces y sombras», concluye Fernández-Maldonado, «no se trata de una norma que nos satisfaga al 100 %». Tampoco a Fernando Redondo, que, si bien valora los avances, sostiene que «la aprobación del nuevo reglamento no debe impedir que la iniciativa legislativa popular para regular a medio millón de migrantes siga adelante». Y concluye: «Reglamento e ILP serían dos vías complementarias para llevar a cabo una verdadera y efectiva regularización».
Tras el nombramiento de Xabier Gómez como obispo de San Feliú de Llobregat, la Conferencia Episcopal Española ha designado a Fernando Redondo como nuevo director del Departamento de Migraciones de la CEE. «Acojo esta tarea que la Iglesia me pide con un verdadero espíritu de servicio y disponibilidad en favor de la acogida y defensa de los derechos de las personas migradas y solicitantes de asilo que llegan hasta nosotros. En ellos veo el rostro de Cristo que nos sigue recordando: “Fui extranjero y me acogisteis”», manifiesta Redondo a Alfa y Omega.