Límite de diez años al frente de las asociaciones de fieles

El Vaticano establece un límite de diez años al frente de las asociaciones de fieles

Un decreto del Dicasterio para los Laicos, la Familia y la Vida busca «una sana rotación» de los cargos de las asociaciones internacionales de fieles. Se podrá dispensar a los fundadores

Redacción
Foto: Reuters / Tony Gentile

El Dicasterio para los Laicos, la Familia y la Vida ha promulgado este viernes una norma que establece que los órganos de gobierno de las asociaciones internacionales de fieles, tanto privadas como públicas, no puedan durar más de diez años consecutivos. Así se establece en un decreto general con fuerza de ley, que cuenta con la aprobación del Papa Francisco.

Al mismo tiempo, el dicasterio se reserva el derecho de dispensar a los fundadores de estos límites, dado el «papel clave que desempeñan». En todo caso, esto solo ocurrirá «si lo considera oportuno para el desarrollo y la estabilidad de la asociación o entidad, y si tal dispensa corresponde a la clara voluntad del órgano central de gobierno».

La norma también establece, según informa Vatican News, que es necesario que los miembros estén representados en el proceso de elección del órgano de gobierno internacional de estas realidades. Entrará en vigor en tres meses, y es vinculante para todas las asociaciones de fieles y otras entidades reconocidas o erigidas por el dicasterio.

Camino, Cursillos y Renovación Carismática

Además de a las 109 entidades que entran en esta categoría, el decreto se aplica también (con la excepción del artículo 3) al gobierno internacional de otras entidades sujetas a la vigilancia del dicasterio. Entre ellas, el Camino Neocatecumenal, las Células Parroquiales de Evangelización, Cursillos de Cristiandad y la Renovación Carismática Católica (CHARIS). Así lo explica el padre jesuita Ulrich Rhode, decano de la Facultad de Derecho Canónico de la Pontificia Universidad Gregoriana y consultor del dicasterio, en un artículo publicado en L’Osservatore Romano.

El propósito del decreto es promover «una sana rotación» en los cargos, de modo que la autoridad se ejerza como un auténtico servicio desde la comunión. Una nota explicativa publicada junto con el decreto señala que «no pocas veces, la falta de límites a los mandatos de gobierno fomenta, en los llamados a gobernar, formas de apropiación del carisma, de personalismo, de centralización de funciones».

También pueden producirse «expresiones de autorreferencia, que fácilmente conducen a graves violaciones de la dignidad y la libertad personal e, incluso, verdaderos abusos». Sin llegar a este punto, «un mal ejercicio del gobierno crea inevitablemente conflictos y tensiones que hieren la comunión, debilitando el impulso misionero».

«Oportunidad de crecimiento»

Por otra parte, la experiencia ha demostrado que «el relevo generacional de los órganos de gobierno, a través de la rotación de las responsabilidades directivas, aporta grandes beneficios a la vitalidad de la asociación: es una oportunidad de crecimiento creativo y un estímulo para la inversión formativa; revitaliza la fidelidad al carisma; da aliento y eficacia a la interpretación de los signos de los tiempos; impulsa formas nuevas y actuales de acción misionera».

En su artículo, el padre Rhode augura que «muchas asociaciones tengan que convocar una asamblea general para decidir los cambios que deben introducirse en los estatutos». Esto es especialmente urgente si los límites del mandato ya se han cumplido o están próximos a ello. También invita a las asociaciones de fieles diocesanas y nacionales a que, aunque esta norma no les afecte, la tengan en cuenta.