El Vaticano reducirá las penas a los delincuentes que reparen el daño cometido
Una reforma del Código Penal promulgada por el Papa Francisco introduce la elaboración de un «programa de tratamiento y reinserción» para las personas condenadas a privación de libertad
La justicia vaticana da un paso más en la línea de la promoción de la justicia restaurativa. El Papa Francisco ha promulgado este martes un motu proprio según el cual los condenados a penas de prisión podrán reducir condena mediante acciones encaminadas a reparar el daño causado. Es la modificación más significativa de un documento que reforma diversas leyes vaticanas para «reformular la legislación sustantiva y procesal vigente» para librarla de criterios y soluciones «ahora obsoletas» y satisfacer nuevas necesidades, también recientes.
Así, un nuevo apartado del artículo 17 del Código Penal establece que la persona condenada a restricción de la libertad personal podrá ver reducida su pena entre 45 y 120 días por año cumplido. Para ello, debe haberse «comportado de manera que presuma su arrepentimiento» y haber «participado con aprovechamiento en el programa de tratamiento y reinserción».
Indemnización, voluntariado y reconciliación
La existencia misma de este programa es otra novedad. La misma modificación establece que, al inicio de la condena, «el delincuente, de acuerdo con el juez», elaborará un itinerario en el que asumirá «compromisos específicos» para «eliminar o mitigar las consecuencias del delito». Entre ellos, pueden incluirse acciones correctivas, la devolución de bienes sustraídos de forma ilícita, e indemnizaciones.
Pero el condenado también «puede proponer la realización de obras de utilidad pública, actividades de voluntariado de relevancia social». Y, por último, se le propone la posibilidad de «promover, en lo posible, la mediación con el perjudicado».
Es bien conocida la convicción del Santo Padre de que los sistemas penales y penitenciarios deben estar destinados a la reinserción de los delincuentes. «Una pena sin futuro, una condena sin futuro no es una condena humana, sino una tortura», ha afirmado varias veces; por ejemplo, en enero de 2018 durante su visita al centro penitenciario San Joaquín, en Santiago de Chile. Más recientemente, en la encíclica Fratelli tutti, criticaba cómo «los miedos y los rencores fácilmente llevan a entender las penas de una manera vindicativa, cuando no cruel, en lugar de entenderlas como parte de un proceso de sanación y de reinserción en la sociedad.
Refuerzo al promotor de la justicia
Otras reformas incluidas en el motu proprio afectan al Código de Procedimiento Penal y a la Ley CCCLI sobre el Poder Judicial. Promulgada en marzo del año pasado, esta última norma cambia para reforzar las competencias de la oficina del promotor de justicia. Así, en su artículo 12 se incluye que esta realizará las funciones de fiscal «en los tres niveles del juicio» (primera instancia, apelación y casación).
Además, en artículos posteriores (15 y 20) se especifica que las funciones de fiscal tanto en los recursos de apelación como de casación las realizará un magistrado de dicha oficina, designado por el promotor de justicia. Hasta este momento, la ley CCCLI contemplaba que en el primer caso el fiscal para las apelaciones sería nombrado para un período de cinco años por el mismo Sumo Pontífice. Para las casaciones, lo nombraba el presidente de la Corte de Casación.