La violencia contra la infancia en España es una realidad, aunque no es nueva. Las cifras de las que se disponen —solo de casos notificados o denunciados— reflejan que es, además, una realidad más extendida y arraigada de lo que se cree. La pandemia de COVID-19 y las limitaciones de derechos durante el Estado de alarma han hecho que dichas cifras incluso aumenten. Además, las consecuencias de haber sufrido violencia durante la infancia son graves, profundas y muchas veces permanecen para siempre.
Para hacer frente a esta lacra intolerable el Congreso creó en 2014 una subcomisión ad hoc de la que se derivó la necesidad y la oportunidad de impulsar una ley para la erradicación de la violencia contra la infancia. La aprobación por unanimidad de todos los grupos políticos de una proposición no de ley en 2017 instando al Gobierno a su tramitación fue asumida por los sucesivos gobiernos que han venido trabajando en ella.
Algunos se pueden preguntar para qué hace falta otra ley en España, cuando los problemas no se solucionan haciendo más leyes. Ciertamente, las leyes por sí solas son insuficientes, pero son condición necesaria para identificar los derechos que merecen protección y los poderes públicos obligados a procurar su garantía mediante la respuesta adecuada. En el caso de la violencia contra la infancia en España actualmente esa es una carencia.
Frente al carácter disperso, incompleto y esencialmente represivo del marco legislativo aún vigente, el proyecto de ley concibe la violencia en términos amplios, y la protección del niño de forma integral, esencialmente preventiva y sobre el principio del buen trato a la infancia. La implementación de la ley se ha de hacer en el marco de una estrategia nacional plurianual en cuyo diseño participarán todas las administraciones públicas, el tercer sector, la sociedad civil y los propios niños. Para ello se arbitrarán medidas en el ámbito familiar, educativo, sanitario, social, de ocio y deporte, en los medios de comunicación y en internet. La integralidad de la protección apunta a la articulación de respuestas en todo el ciclo de la vulneración del derecho del niño a la integridad —sensibilización, concienciación, formación y capacitación, detección, atención, prevención, protección, reparación y reintegración social— y desde la tutela administrativa, penal y jurisdiccional.
La violencia no es una consecuencia inevitable de la condición humana. Toda forma de violencia contra los niños se puede prevenir y este proyecto de ley, con las mejoras técnicas que siempre se pueden hacer y una adecuada dotación presupuestaria para su efectiva realización, representa una enorme oportunidad para contribuir a la (re)construcción de una sociedad en la que ningún niño quede atrás como consecuencia de la violencia, como apunta el objetivo 16.2 de la Agenda 2030.
Clara Martínez García
Directora de la Cátedra Santander de los Derechos del Niño de la Universidad Pontificia de Comillas