El Papa reforma el sistema judicial del Vaticano buscando más agilidad e independencia
En línea con sus reformas en materia económica, financiera y penal, Francisco ha promulgado una nueva ley que cambia el ordenamiento jurídico del Vaticano. Así, las nuevas leyes del Vaticano se podrán aplicar en un sistema judicial también renovado
El Papa ha promulgado una nueva ley con la que cambia el ordenamiento jurídico del Vaticano para agilizar el sistema judicial y garantizar la independencia de los órganos judiciales y de los jueces, en coherencia con las nuevas modificaciones legislativas en materia económica, financiera y penal que han reforzado su legislación tras adherirse a las convenciones internacionales sobre blanqueo capitales e intercambio de información fiscal.
«Por primera vez, se han dictado normas para la Oficina del fiscal. De este modo, se ha marcado la distinción entre la magistratura que enjuicia y la que acusa, asegurando a esta última autonomía e independencia en el ejercicio de sus funciones», ha subrayado el Fiscal General del Vaticano, Giuseppe Pignatone.
En este sentido, ha añadido que la magistratura vaticana está llamada en la actualidad a aplicar una legislación moderna en muchos aspectos, que es, en gran parte, fruto de la globalización, pero que se basa en códigos de hace muchas décadas. «La interpretación y la aplicación de las leyes debe respetar siempre la especificidad del derecho vaticano que reconoce en el ordenamiento canónico la primera fuente normativa y el primer criterio de referencia interpretativa», ha añadido.
Sustituye una ley de 1987
Pignatone, que fue hasta el año pasado el fiscal jefe del tribunal de Roma e impulsó las investigaciones que concluyeron que la capital italiana tenía una mafia autóctona, ha manifestado en una entrevista con el portal de noticias del Vaticano Vatican News que uno de los principales criterios que han inspirado al Papa para hacer esta reforma es la «convicción» de la independencia judicial.
«La independencia judicial de los magistrados y su capacidad profesional son condiciones indispensables para obtener los resultados de la justicia indicados por el Papa», ha manifestado.
La nueva regulación, que se articula en 31 artículos, sustituye la norma establecida por san Juan Pablo II en 1987 e impone varias novedades en el ejercicio de los magistrados. Si bien deja claro que dependen jerárquicamente del Pontífice, ya que es quien los nombra, en el ejercicio de sus funciones deben ser imparciales.
Requisitos rigurosos
Según se afirma en el texto legislativo, la autoridad judicial dispone de la policial directamente, una función que pone en práctica el Cuerpo de la Gendarmería del Vaticano. Además, todos los jueces del Vaticano tendrán a partir de ahora la ciudadanía del Vaticano.
Asimismo, se indican los requisitos profesionales específicos y rigurosos de los jueces, para habilitar a profesores universitarios (permanentes o retirados) o juristas conocidos como magistrados de primera y segundo instancia, y en, algunos casos, también Tribunal de Casación. «Precisamente para satisfacer las variadas necesidades de la actividad judicial del Vaticano, a pesar de que en un estado de dimensiones muy pequeñas, por un lado, se valoran las experiencias en los ámbitos civil, penal y administrativo y, por otro, se requiere que al menos uno de los magistrados de las oficinas de primer grado es un experto en derecho canónico y eclesiástico», ha señalado Pignatone.
Por otro lado, con el objetivo de garantizar condiciones de independencia y eficiencia, el Papa ha establecido una autonomía de gasto de las oficinas judiciales. «Otro cambio significativo es la posibilidad de que el presidente del Tribunal de Casación pueda integrar la junta de jueces, generalmente compuesta por tres cardenales, con otros dos jueces aplicados, nombrados en base a los requisitos ordinarios indicados anteriormente, si así lo requiere la complejidad de la disputa o las razones de oportunidad se repiten», ha detallado Pignatone.