Cañizares anuncia un nuevo servicio de mediación para los procesos de nulidad - Alfa y Omega

Cañizares anuncia un nuevo servicio de mediación para los procesos de nulidad

El cardenal arzobispo de Valencia, Antonio Cañizares, anunció el pasado viernes 3 de febrero, durante la apertura del Año Judicial del Tribunal Eclesiástico de Valencia, celebrada en el Centro Cultural La Beneficencia, el diseño e implantación de un nuevo servicio de acompañamiento y mediación intrajudicial en el propio Tribunal

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Foto: A. Sáiz/AVAN

Este servicio de acompañamiento estará a disposición de fieles que se encuentren ante situaciones de conflicto y necesidad en sus relaciones familiares mientras se desarrolla el proceso de nulidad, y tiene su inspiración, en la exhortación apostólica del Papa Francisco, Amoris Laetitia.

El cardenal ha solicitado la «ayuda y el consejo de todos los profesionales implicados en la atención a las familias y la administración de justicia, así como de todos los oficios y órganos de la diócesis de Valencia para diseñar e implantar de la forma más eficaz posible este servicio».

Apertura del Año Judicial

La lección magistral en la apertura del Año Judicial corrió a cargo del presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes, que disertó sobre «Objeción de Conciencia y Ordenamiento jurídico» y aseguró que «no existe un derecho general a la objeción de conciencia, salvo en supuestos en los que exista absoluta nitidez de una contraposición entre la conciencia y el deber público de intensidad tal como la que puede concurrir ante el servicio militar obligatorio, o por intervenir en la práctica del aborto».

«No estamos ante una institución delimitada en todos sus perfiles, porque el conflicto entre la norma jurídica positiva y el imperativo moral que surge de las convicciones personales más profundas es ciertamente expansivo», indicó.

Así, «se replanteará bajo las más diversas formas imaginables y, nuevamente, de una forma u otra será el juez en cada caso quien decida con arreglo a la sensibilidad inherente al ejercicio de su función». Ahora bien, «ningún sistema que aspire a ser estable y equitativo debe de dejar de contemplar la posibilidad de excepcionar el cumplimiento de la norma en casos determinados cuando un deber moral se contraponga radicalmente con un deber jurídico».

Igualmente, haciendo referencia al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Lesmes ha indicado que «para que una objeción de conciencia pueda estimarse digna de ser tomada en consideración, la convicción o creencia que la motiva debe proceder de un sistema de pensamiento suficientemente estructurado, sincero, coherente con unos estándares de dignidad humana y referirse a problemas fundamentales y no a cuestiones triviales».

158 sentencias de nulidad matrimonial en 2016

Con motivo de la apertura del Año Judicial, el Tribunal Eclesiástico de Valencia hizo su memoria del 2016 en el que dictó 158 sentencias de primera instancia de proceso declarativo de nulidad matrimonial, 156 de ellas afirmativas, lo que ha supuesto duplicar el número de sentencias respecto al año anterior, en 2015, cuando ascendieron a un total de 75.

En cuanto a demandas en primera instancia de nulidad matrimonial del proceso contencioso ordinario, durante 2016 se han registrado 156 demandas, lo que significa un incremento del 73 % con respecto a 2015, cuando se contabilizaron 90.

Celeridad: 73 sentencias tramitadas en menos de un año

De igual modo, durante el Año Judicial de 2016 el Tribunal ha conseguido agilizar los trámites de los procesos de nulidad matrimonial «aumentando por 6 el número de sentencias dictadas en menos de un año respecto al año anterior», alcanzando la cifra de 73. «Este dato marca el inicio de una tendencia» y responde a la aplicación de la reforma del papa Francisco en nuestra diócesis de Valencia.

El promedio de duración de las causas de nulidad ha sido de 9 meses: se ha dado el caso de sentencias tramitadas en 3 meses y también hasta 11 meses. El año pasado las sentencias resueltas en menos de un año suponían un 16 % del total de sentencias mientras que este año suponen un 46 %.

Gratuidad en los procesos

Además, tras acreditar la documentación correspondiente, en el cien por cien de los casos en 2016 «se ha concedido el beneficio solicitado», tanto de patrocinio gratuito como de reducción de costas.

Asimismo, durante 2016 se han solicitado 243 entrevistas frente a las 196 del pasado año, lo que ha supuesto un incremento del 24 %. El 42 % «alegaban graves dificultades económicas y de éstas el 60 por ciento pedían acogerse al patrocinio gratuito mientras que el 40 por ciento restante demandaban reducción de costas», según datos de la memoria.