El TSJ de Aragón suspende la retirada de la asignatura de Religión del horario - Alfa y Omega

El TSJ de Aragón suspende la retirada de la asignatura de Religión del horario

El Tribunal da la razón a los obispos aragoneses y admite que la decisión de sacar la religión fuera del horario lectivo de 30 horas semanales «desincentiva» la posible elección de la asignatura pues obliga a los alumnos a dar una hora más de clase

Redacción

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha estimado la petición de los obispos aragoneses de suspender cautelarmente la orden del Departamento de Educación de sacar del horario lectivo de segundo de bachillerato la asignatura de religión.

En su auto, la sala de lo contencioso-administrativo del TSJA, tras estudiar las alegaciones de la representación legal de los obispos, admite que la decisión de sacar la religión fuera del horario lectivo de 30 horas semanales «desincentiva» la posible elección de la asignatura pues obliga a los alumnos a dar una hora más de clase.

El tribunal señala, además, que en caso de no estimar la medida cautelar mientras se aborda judicialmente el recurso contra la referida orden, publicada el pasado 26 de mayo, ya se habría producido un perjuicio para los alumnos de al menos un curso escolar.

Advierte, además, de que el interés de la administración autonómica en «minorar» las enseñanzas confesionales en la educación no está respaldado por una modificación legislativa que plantee que la religión deba impartirse fuera del horario ordinario de 30 horas.

Los magistrados consideran «relevante» el hecho de que los padres interesados en que sus hijos cursen religión en segundo de bachiller se encontrarían en una situación «desigual» respecto al resto de materias de elección.

Tras incidir en que los perjuicios alegados son «relevantes», destacan que además de «desincentivar» la enseñanza de la religión, la medida obligaría a modificar el transporte escolar y en determinados casos el «horario de comedor».

«Frente a ello -destaca el auto- no se ha motivado que haya un interés general en situar esta asignatura extramuros de la enseñanza ordinaria, cuando la norma vigente la califica como materia específica».

El TSJA entiende en sus razonamientos que no debe «prejuzgar» el fondo del asunto al entrar a estudiar la medida cautelar solicitada, pero indica que el recurso está fundamentado en una vulneración de los acuerdos entre la Santa Sede y el Estado y de derechos fundamentales.

El Gobierno de Aragón recurrirá el auto pues no comparte la motivación del auto.

Efe / Redacción