Los obispos españoles afirman que la piratería en el cine es pecado - Alfa y Omega

Los obispos españoles afirman que la piratería en el cine es pecado

Según los prelados, «se trata de un pecado contra la virtud de la justicia», en cuanto impide dar a cada uno «lo que le es debido». Sostienen que la piratería, además de ser delito, puede vulnerar el séptimo y el décimo mandamientos de la ley divina

Redacción

«La piratería en el cine atenta contra los derechos legítimos de esta industria, directa o indirectamente, y contra su legítima aspiración al beneficio económico, y por tanto incurre en un pecado contra el 7º mandamiento de la Ley de Dios, que dice “no robarás”».

Además, las pérdidas perjudican a muchos profesionales, desde guionistas hasta exhibidores y pequeños empresarios de alquiler de películas. Así lo afirman los obispos de la Comisión Episcopal de Medios de Comunicación Social en el documento La piratería en el cine. Una mirada desde la Doctrina Social de la Iglesia, al que ha tenido acceso Servimedia y que la Conferencia Episcopal Española (CEE) ha hecho público este martes en el contexto de la Jornada de las Comunicaciones Sociales que los católicos celebran el próximo domingo 8 de mayo.

Justicia y Bien Común

Según los prelados, «se trata de un pecado contra la virtud de la justicia», en cuanto impide dar a cada uno «lo que le es debido» y no respeta los derechos a relaciones humanas en equidad y respeto, pero al piratear también «se inflige un daño al bien común de la sociedad, en cuanto que se daña una industria que está llamada a contribuir a su difusión y su consecución».

La CEE argumenta que, desde el punto de vista moral, el consumo de piratería daña la dignidad humana y afectaría también al décimo mandamiento. «El deseo de poseer los bienes ajenos, por encima de cualquier limitación y derecho, está relacionado con el décimo mandamiento de la ley de Dios, que prohíbe la codicia de estos bienes, que está en la raíz del robo, de la rapiña y del fraude, prohibidos por el séptimo mandamiento».

Por todo ello, los obispos piden a católicos «y a todas las personas que actúan según la recta conciencia, de manera especial a los jóvenes y a sus educadores», no caer en estas prácticas, para que la piratería «disminuya hasta desaparecer».

Además de ser un delito, dicen, impide que el cine pueda desarrollarse como «un instrumento privilegiado para la formación, el entretenimiento, el conocimiento y la difusión de valores en la sociedad».

El texto, elaborado por la Comisión Episcopal de Medios de Comunicación Social de la CEE, se ha ultimado tras la reciente Asamblea Plenaria que reunió en Madrid a los obispos españoles. «La difusión sin contraprestación de bienes culturales o intelectuales puede suponer un grave freno en el desarrollo de esta actividad básica para el desarrollo de la sociedad. Las actividades que conculcan el derecho a recibir una justa retribución por el propio trabajo son contrarias no sólo a la ley positiva de los países, sino también se oponen a la Ley de Dios», explican.

Asimismo, constatan en «muchas personas, sin ser los católicos una excepción, una cierta indiferencia moral, cuando no una clara justificación, ante el hecho tan extendido de la piratería audiovisual» y afirman que «en el origen» está «un grave desconocimiento de la doctrina social de la Iglesia» y «una búsqueda de argumentos abstractos y parciales que difuminan la responsabilidad personal apoyados en una impunidad legal “de facto”».

Herramienta de evangelización

Históricamente, la Iglesia entiende el cine como un medio de comunicación «de gran valor» para difundir la cultura de masas y una «herramienta valiosa también para la evangelización», por lo que la institución lo ha fomentado desde diversos organismos, como el Pontificio Consejo para las Comunicaciones Sociales o, en España, la Semana de Cine Espiritual, que se convoca desde 2004.

En esa línea, la CEE subraya la necesidad de «una pertinente educación moral» para no perjudicar a los profesionales del cine, como guionistas, productores, intérpretes, distribuidores y exhibidores, pero también a otros trabajadores afectados por los cientos de miles de millones de euros de ingresos no percibidos cada año, como se percibe en el «descenso de asistentes al cine, el cierre de un gran número de salas de exhibición o las caídas en la distribución de los productos relacionados con el consumo doméstico (DVD, BluRay, etc.)».

El documento recalca que la crisis del cine, además de estar motivada por el «cambio cultural» que están provocando las nuevas tecnologías de la comunicación, está agravada por el fenómeno de la piratería con «las descargas ilegales desde Internet, la copia masiva de películas, las herramientas que permiten su rápida difusión y su destino a la venta ilegal en mercadillos o por las calles, que afectan a todo tipo de películas, especialmente al cine de estreno».

Los obispos de la Comisión de Medios de Comunicación también observan que la piratería también daña a los profesionales implicados en el proceso creativo, que no pueden obtener los recursos necesarios para acometer nuevos proyectos «imprescindibles» para el desarrollo social y cultural de las personas.

En esta línea también consideran que la industria tiene que hacer «un esfuerzo de adaptación a la nueva situación tecnológica a la hora de crear y, de manera especial, a la hora de difundir la obra creada» y experimentar nuevos cauces de distribución y venta como lo hizo la industria musical.

Servimedia / Redacción

Documento de la CEMS sobre la piratería en el cine

La piratería en el cine. Una mirada desde la Doctrina Social de la Iglesia

INDICE

  • Introducción. El mundo del cine
  • El legítimo derecho a la propiedad alcanza también a los bienes intelectuales y culturales
  • La industria del cine y el fenómeno de la piratería
  • El punto de vista moral acerca de la piratería
  • Llamamiento
  1. Introducción

Desde el comienzo de las proyecciones cinematográficas, a finales del siglo XIX, la Iglesia ha entendido el cine como un medio de comunicación de gran valor para la difusión de la cultura, el primero de los llamados de comunicación de masas, y como una nueva herramienta valiosa también para la evangelización. Juan Pablo II lo describió “como vehículo de intercambios culturales e invitación a la apertura y a la reflexión con respecto a realidades ajenas a nuestra formación y mentalidad. En este sentido, el cine permite superar las distancias y adquiere la dignidad propia de la cultura”[1].

El aprecio al mundo del cine y la consideración de su importancia educativa, cultural y evangelizadora ha llevado a la Iglesia a crear organismos dedicados a la labor pastoral en el ámbito cinematográfico. En los años 20 se fundó la Organisation Catholique Internationale di Cinéma (OCIC) -integrada en SIGNIS a partir de 2000- con el objetivo de reunir a los católicos que trabajaban como profesionales en el ámbito del cine. La Iglesia apreció la oportunidad que ofrece el cine para presentar sus puntos de vista y opiniones sobre la vida y el mundo y, naturalmente, se involucró en la promoción de la educación y los valores a través del cine.

En 1948, Pío XII instituyó la Pontificia Comisión para la Cinematografía Didáctica que se transformó, en 1954, en la Pontificia Comisión para el Cine, la Radio y la Televisión, que fue, a su vez, precursora del Pontificio Consejo para las Comunicaciones Sociales.

La Iglesia considera con afecto al mundo del cine y a sus profesionales y les anima a un trabajo que posibilita el propio desarrollo creativo y satisface otras necesidades de toda la humanidad como la difusión del conocimiento y de la cultura, la reflexión sobre la identidad y la misión del ser humano y la transmisión de valores esenciales para la convivencia. Como decía Juan Pablo II, “cuando el cine, obedeciendo a uno de sus principales objetivos, ofrece una imagen del hombre tal como es, debe proponer, partiendo de la realidad, válidas ocasiones de reflexión sobre las condiciones concretas en las que vive”. Y continúa señalando que “ofrecer puntos de reflexión sobre temas como el compromiso en lo social, la denuncia de la violencia, de la marginación, de la guerra y de las injusticias, (…) que no pueden dejar indiferentes a cuantos están preocupados por la suerte de la humanidad, significa promover los valores que la Iglesia siente como suyos”[2]. Esta perspectiva es la que está en el origen de la iniciativa desarrollada en nuestro país con el nombre de Semana de Cine Espiritual, que desde 2004 cada año lleva a miles de personas a las salas de nuestro país, para formarse a través del cine.

Desde finales del siglo XX, la proliferación de nuevas tecnologías y de nuevas herramientas está permitiendo una distribución a gran escala de las obras cinematográficas, llegando a muchas personas de un modo más sencillo y económico. Ahora bien, sin una pertinente educación moral, esta difusión puede lesionar los legítimos derechos e intereses de un amplísimo número de profesionales que trabajan en la industria del cine (guionistas, productores, intérpretes, distribuidores, exhibidores…). Así ocurre cuando las creaciones audiovisuales se ponen a libre disposición, fundamentalmente a través de internet, al margen del cauce de distribución previsto por los productores, o cuando se elaboran copias de la película para la venta en mercadillos o por las calles. Esta actividad tiene una particular gravedad cuando en su origen está el hurto de una copia de la obra, lo que implicaría un doble acto ilícito. Sin afán de una excesiva precisión legal o moral, todas estas actividades se conocen como piratería.

La extensión de la piratería que afecta al mundo del cine, especialmente en nuestro país, está llegando incluso a poner en peligro la continuidad de esta expresión cultural tan valiosa para la difusión de ideas en beneficio de las personas. Como se constata tantas veces en la historia de la humanidad, el proceso científico y tecnológico es acumulativo, heredable y crece de manera exponencial, mientras que la dimensión moral del hombre debe ser enseñada y aprendida en cada generación. Esta contradicción alcanza también a nuestra sociedad y puede ser aplicada de manera particular al mundo del cine.

La Comisión Episcopal de Medios de Comunicación ve oportuno iluminar esta realidad de la piratería en el cine, que frecuentemente recibe una consideración relativista y utilitarista, desde una conciencia moral que busca el bien de los individuos. Por ello dirige esta reflexión a los católicos y a todas las personas que aspiran a construir el bien común, partiendo de criterios que quieren tener en cuenta todos los factores implicados en esta cuestión: económicos, culturales, industriales -en sus vertientes de creación y distribución-, e incluso evangelizadores cuando los haya.

  1. El legítimo derecho a la propiedad alcanza también a los bienes intelectuales y culturales

El ser humano ha sido llamado a cuidar de los bienes de la tierra y a hacerlos fructificar para el servicio de la sociedad. La propiedad privada de los bienes, sin menosprecio de su necesaria dimensión social, permite una utilización de los recursos que las autoridades deben proteger para el bien de las familias y de las personas[3]. Los bienes a los que se refiere este derecho no son sólo de orden material sino también de orden intelectual o cultural[4], en suma, aquellos que sirven, habitualmente, para el desarrollo de la sociedad, para alcanzar mejor sus fines humanos y para la difusión de ideas que permitan avances futuros.

La dimensión social de estos bienes intelectuales y culturales es más evidente ya que se refieren a una actividad creativa que renueva a la sociedad y la hace progresar cuando atiende a sus verdaderos fines, más que una mera actividad productiva. Por eso, la dimensión social en ningún caso excluye la necesaria compensación del esfuerzo personal y colectivo de sus creadores con una recompensa justa, del mismo modo que el intercambio de bienes materiales se realiza generalmente mediante una conveniente retribución económica[5]. Más bien al contrario, la difusión sin contraprestación, de bienes culturales o intelectuales pueden suponer un grave freno en el desarrollo de esta actividad básica para el desarrollo de la sociedad. Las actividades que conculcan el derecho a recibir una justa retribución por el propio trabajo son contrarias, no sólo a la ley positiva de los países, sino también se oponen a la Ley de Dios[6].

Sin embargo, se constata en muchas personas, sin ser los católicos una excepción, una cierta indiferencia moral, cuando no una clara justificación, ante el hecho tan extendido de la piratería audiovisual, que impide a toda la industria del cine recibir la justa recompensa que es consecuencia de su actividad. En el origen está un grave desconocimiento de la doctrina social de la Iglesia en este campo y, a menudo, una búsqueda de argumentos abstractos y parciales que difuminan la responsabilidad personal apoyados en una impunidad legal de facto.

  1. La industria del cine y el fenómeno de la piratería

Al hablar de la industria del cine nos encontramos con una actividad en la que concurren dimensiones enriquecedoras para el crecimiento personal y el entramado social, como la dimensión lúdica o la dimensión cultural. En esta industria intervienen un amplio número de agentes que permiten gestar, desarrollar y trasladar la idea cinematográfica desde la cabeza del guionista hasta la sala de cine o la pequeña pantalla.

Considerada como una industria más, el cine vive en la actualidad una grave crisis ligada, en parte, al cambio cultural que están creando las modernas tecnologías de la comunicación. Éstas han creado una nueva forma de entender todas las actividades humanas: las relaciones personales, la formación, el trabajo, el entretenimiento, la vida social… Las tecnologías hacen que estas realidades humanas se hayan vuelto más interpersonales, menos masivas, facilitando su difusión en pequeños grupos. Además la grave crisis económica general ha afectado de manera especial al negocio del ocio y del tiempo libre. En este contexto de dificultades económicas, uno de los factores que están contribuyendo a su agravamiento en la industria del cine es el fenómeno de la piratería.

Las múltiples actividades que se desarrollan en el marco de esta industria se pueden agrupar en dos categorías que concurren y que se ven afectadas de modo diverso por la piratería. Por un lado están las actividades ligadas al proceso creativo, que incluye desde la idea original que se plasma en un guión hasta la producción, realización y posproducción de la película que concluye con el producto final. Por otro lado se encuentran las actividades ligadas a la difusión de la obra, como pueden ser su promoción, distribución y su exhibición/emisión.

La acción de la piratería afecta fundamentalmente a este segundo sector de la industria, creando cauces de difusión ilegales que impiden la obtención del beneficio legítimo. Esos cauces se ven favorecidos, además, por las nuevas tecnologías de la comunicación que facilitan las descargas ilegales desde internet, la copia masiva de películas, las herramientas que permiten su rápida difusión y su destino a la venta ilegal en mercadillos o por las calles, que afectan a todo tipo de películas, especialmente al cine de estreno.

Pero además, el daño ocasionado afecta también al primer sector, el del proceso creativo que no puede obtener los recursos necesarios para acometer nuevos proyectos que, como hemos señalado, pueden ser imprescindibles para el desarrollo social y cultural de las personas. Esto ocasiona graves daños a esta industria: disminuye el número de producciones, se perjudica a otras empresas auxiliares del sector, se induce al cierre de salas, desaparecen establecimientos de alquiler de películas, hay pérdidas de empleo, etc.

Es posible que la industria tenga que hacer un esfuerzo de adaptación a la nueva situación tecnológica a la hora de crear y, de manera especial, a la hora de difundir la obra creada. En este sentido, son valiosos los notables esfuerzos (intentos) realizados para experimentar nuevos cauces de distribución y de venta que realizó la industria musical ante un entorno similar. Sin embargo, la necesaria adaptación a las novedades tecnológicas no elimina el principio fundamental que hemos señalado: las obras artísticas generan una serie de derechos en sus creadores, productores, intérpretes, distribuidores, exhibidores, etc. que deben ser satisfechos.

La UNESCO, organización de las Naciones Unidas encargada de la protección y difusión de la cultura, entiende por piratería, “la reproducción y distribución de copias de obras protegidas por el derecho de autor, así como su transmisión al público o su puesta a disposición en redes de comunicación en línea, sin la autorización de los propietarios legítimos, cuando dicha autorización resulte necesaria legalmente. La piratería afecta a obras de distintos tipos, como la música, la literatura, el cine, los programas informáticos, los videojuegos, los programas y las señales audiovisuales”[7].

Las obras cinematográficas (como todas las obras artísticas, plásticas, culturales, etc.) generan para sus autores, intérpretes, distribuidores, etc., un derecho moral y un derecho legal. El primero es el que tiene el autor de una obra a ser siempre reconocido como tal y es intransferible. Además, el autor tiene también derechos legales, ocasionados por la difusión o “publicación” de su obra. Esos derechos se traducen en beneficios económicos cuando esa obra es difundida.

Si las películas se ponen en circulación sin respetar el derecho retributivo, se comete un delito tipificado en el código penal, al que hemos llamado piratería, que refiere y valora el daño causado a autores, inversores, distribuidores, etc., un lucro cesante de graves consecuencias. La definición de piratería incluye cualquier proceso que conduce a generar o consumir una copia de un producto audiovisual por medios ilegales, que son aquellos no autorizados por quienes poseen los derechos de esa obra: grabación en salas, compra-venta o mera distribución de copias ilegales, descarga ilegal de internet, exhibición -gratuita o no- de copias no autorizadas o ilegales.

Los efectos de esta actividad en la industria del cine se pueden calcular a partir del lucro cesante, el cálculo de los ingresos no percibidos, que se estima en cientos de millones de euros cada año, según estudios realizados[8]. Dichos efectos también son visibles en el descenso de asistentes al cine, el cierre de un gran número de salas de exhibición o las caídas en la distribución de los productos relacionados con el consumo doméstico (DVD, BluRay, etc.)

Aunque los daños ocasionados son sobre todo y en primer lugar económicos, no es difícil prever que el daño causado a la industria del cine afecte también a los beneficios que produce la propia actividad cinematográfica. La piratería puede ocasionar que proyectos de relieve para el bien de la sociedad, o que pueden ayudar y humanizar a las personas, dejen de llevarse a la pantalla porque la industria del cine no puede sostenerse económicamente. En suma, la piratería ocasiona un daño económico a las personas que se dedican a esta industria y también un daño a toda la sociedad que se verá privada de contenidos culturales que están en la base de su desarrollo.

  1. El punto de vista moral acerca de la piratería

Las acciones humanas son aquellas en las que, cada persona, pone en juego su humanidad y, en el transcurso de las mismas, ésta se revaloriza o se devalúa. El bien y la virtud edifican la humanidad mientras que el mal y el vicio la hacen menguar o incluso desaparecer. La piratería en el cine merece una triple consideración moral, dependiendo de los distintos puntos de vista desde los que se enfoque.

En primer lugar, la piratería en el cine atenta contra los derechos legítimos de esta industria, directa o indirectamente, y contra su legítima aspiración al beneficio económico, y por tanto incurre en un pecado contra el 7º mandamiento de la Ley de Dios que dice “no robarás”. La doctrina de la Iglesia sobre esa cuestión está explicada en el Catecismo de la Iglesia Católica (n. 2.409), donde se afirma que “toda forma de tomar o retener injustamente el bien ajeno, aunque no contradiga las disposiciones de la ley civil, es contraria al séptimo mandamiento, […] como defraudar en el ejercicio del comercio (cf. Dt 25, 13-16)”. Además, como ha quedado dicho, el daño que se realiza a la parte que distribuye los contenidos cinematográficos se extiende también a la parte de la industria dedicada a la creación. Se trata por tanto de un pecado contra la virtud de la justicia que “consiste en la constante y firme voluntad de dar a Dios y al prójimo lo que le es debido” y exige “respetar los derechos de cada uno y establecer en las relaciones humanas la armonía que promueve la equidad respecto a las personas y al bien común”[9].

En segundo lugar, se inflige un daño al bien común de la sociedad, en cuanto que se daña una industria que está llamada a contribuir a su difusión y su consecución. El bien común, principio fundamental de la Doctrina Social de la Iglesia, es el conjunto de aquellas condiciones de la vida social que permiten a los grupos y a cada uno de sus miembros conseguir más plena y fácilmente su propia perfección[10]. El cine es una industria cultural que contribuye al bien común por medio de la reflexión, el diálogo, la exposición de ideas o de puntos de vista alternativos, la descripción de la naturaleza humana y de su dignidad, etc. Dañar un cauce por el que pueden fluir las mejores ideas para el desarrollo social y por tanto limitar a sus miembros el acceso a un bien común posible es atentar contra el bien común de la sociedad y facilitar su alienación. Como dice Juan Pablo II, “está alienada una sociedad que, en sus formas de organización social, de producción y consumo, hace más difícil la realización de esta donación y la formación de esa solidaridad interhumana” (CA, 41).

En tercer lugar, no se puede olvidar que la piratería introduce también una forma de actuar ligada al consumo por el consumo que daña al ser humano en su esencial dignidad. “Nos extasiamos –dice el Papa Francisco- con las inmensas posibilidades de consumo y de distracción que ofrece esta sociedad. Así se produce una especie de alienación que nos afecta a todos” (EG, 196). El deseo de poseer los bienes ajenos, por encima de cualquier limitación y derecho, está relacionado con el décimo mandamiento de la ley de Dios que prohíbe la codicia de estos bienes, que está en la “raíz del robo, de la rapiña y del fraude, prohibidos por el séptimo mandamiento” (CEC 2534). En la medida en que la posesión de esos bienes anula la libre orientación al bien y a la virtud, afecta a la dignidad de la persona y la limita en su humanidad.

  1. Llamamiento

A la vista de estas consideraciones, los Obispos de la Comisión Episcopal de Medios de Comunicación nos vemos en el compromiso de animar, a los católicos y a todas las personas que actúan según la recta conciencia, de manera especial a los jóvenes y a sus educadores, a vivir de acuerdo con los principios que rigen el bien común y el desarrollo de las personas y la dignidad humana.

El cine es un instrumento privilegiado para la formación, el entretenimiento, el conocimiento y la difusión de valores en la sociedad. Disfrutar del cine, en especial del que pone en su centro la dignidad humana, permite el desarrollo de nuestra humanidad. Valorar el trabajo de quienes trabajan en esta industria, que va más allá del entretenimiento, exige retribuir justamente su esfuerzo. De este modo, además de atender a la justicia social, servimos al bien común, ya que ese esfuerzo podrá mantenerse en el tiempo y nuevas obras cinematográficas, vinculadas a este séptimo arte, ofrecerán al ser humano los cauces para conocer su dignidad y aprender a defenderla.

Deseamos que el fenómeno de la piratería en el mundo del cine disminuya hasta desaparecer, como fruto de una reflexión madura de personas sensibles al auténtico valor del cine y sensibles al bien común de toda la sociedad.

Pedimos al Señor que esta reflexión nos ayude a todos a vivir mejor el compromiso con el desarrollo de la sociedad y a colaborar en su difusión.

+ Ginés Ramón García Beltrán, Obispo de Guadix y presidente de la CEMCS
+ Santiago García Aracil, Arzobispo Emérito de Mérida-Badajoz
+ Joan Píris Frígola, Obispo Emérito de Lleida
+ José Manuel Lorca Planes, Obispo de Cartagena
+ Salvador Giménez Valls, Obispo de Lleida
+ José Ignacio Munilla Aguirre, Obispo de San Sebastián

Notas

[1] Juan Pablo II. Mensaje para la Jornada Mundial de las Comunicaciones Sociales, 1995.

[2] Juan Pablo II. Mensaje para la Jornada Mundial de las Comunicaciones Sociales, 1995.

[3] Cf. Catecismo de la Iglesia Católica, n. 2.406.

[4] Ibídem, n. 2.405.

[5] Cf. Juan Pablo II, Discurso a la Organización Internacional del Trabajo (15 de junio de 1982).

[6] Cf. Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia, n. 302.

[7] http://www.cineytele.com/2016/03/31/la-pirateria-se-mantiene-cerca-de-un-90-de-los-contenidos-consumidos-en-2015-eran-ilegales/?utm_source=wysija&utm_medium=email&utm_campaign=Newsletter+31_03_2016

[8] http://lacoalicion.es/wp-content/uploads/resumen-ejecutivo-observatorio-2014.pdf

[9] Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1.807.

[10] Cf. Gaudium et Spes, n. 26