530 entidades exigen que se obligue a las empresas a proteger los derechos humanos
El Gobierno ha incumplido su promesa de aprobar una ley que haga a las empresas que operan en España responsables de cualquier violación de los derechos humanos que se produzca en su cadena de valor
Solo 13 de las 35 empresas del Ibex35 se han preocupado por identificar qué impacto puede tener su actividad en los derechos humanos y medioambientales. Es uno de los motivos que ha empujado a la Plataforma por las Empresas Responsables a exigir este miércoles al Gobierno español que cumpla antes del final de la legislatura su compromiso de aprobar una Ley de Debida Diligencia. Una norma de este tipo obligaría a las empresas españolas a trabajar activamente para garantizar que a lo largo de todo su proceso de producción se respetan los derechos humanos y medioambientales.
Entre las más de 530 entidades sociales que forman parte de la plataforma se encuentran algunas de inspiración católica como Alboan, Enlázate por la Justicia, Entreculturas, así como la Coordinadora Estatal de Comercio Justo. En una carta abierta dirigida al presidente y a las tres vicepresidentas del gobierno, sus representantes han expresado su preocupación por la falta de acción del Ejecutivo.
La aprobación de esta ley era una promesa electoral de los partidos de la coalición de Gobierno. Sin embargo, hasta la fecha los socios de gobierno no parece que estén trabajando en este sentido y se desconocen si están dando pasos concretos para presentar un proyecto de ley. Esto, cuando hace ya cuatro años que el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas mostró su preocupación por los vacíos del ordenamiento jurídico español en este sentido.
Países del entorno
En contraste, países como Francia, Alemania y Noruega ya han aprobado legislación de debida diligencia y otros como Luxemburgo, Austria, Bélgica y Holanda las están tramitando. También antes del fin de 2021 la Comisión Europea publicará el primer borrador de directiva de Gobierno Corporativo Sostenible, que regulará la debida diligencia en materia de derechos humanos y medioambientales y que será obligatoria para las empresas europeas.
«En la actualidad hay empresas en España que de manera voluntaria abordan este enfoque en su modelo de negocio y de gestión, pero siguen siendo una minoría», lamenta Isabel Tamarit, portavoz de la Plataforma por las Empresas Responsables. «La ausencia de regulaciones adecuadas y la falta de consecuencias por la gestión negligente de los derechos humanos y los impactos ambientales en las cadenas de valor globales significa que hay pocos incentivos para que las empresas aborden esos impactos».
Dumping social
La necesidad de estas normas, explican desde la plataforma, es una consecuencia del panorama económico global. El hecho de que muchas empresas trabajen de forma transnacional, dentro de «complejas estructuras corporativas» en las que se incluyen inversores, proveedores, y otras compañías contratadas o subcontratadas, facilita que «existan importantes lagunas de responsabilidad».
A esto se suma que en muchos de los países donde las compañías del primer mundo operan directa o indirectamente, los gobiernos carecen de los medios o la voluntad para asegurar la protección de los derechos humanos. «Las empresas se han beneficiado de la posibilidad de operar» en estos lugares, y esto ha favorecido la «competencia a la baja» o dumping social y medioambiental de las menos responsables. Esta realidad ha ido llevando a tomar conciencia de la necesidad de que sean los países donde estas empresas venden sus productos finales o tienen su domicilio fiscal los que intervengan.
La Plataforma por las Empresas Responsables cita casos como el desastre de Bophal en la Indiak, en 1984, cuando una fuga de gases tóxicos de una planta propiedad de Union Carbide Corporation produjo muchas muertes y graves secuelas. O el del desastre ambiental causado por Texaco (ahora Chevron) en Ecuador. En ambos casos, décadas después las víctimas aún no han recibido ninguna compensación.
• Obligación legal para las empresas de respetar los derechos humanos y medioambientales a lo largo de toda su cadena de valor. Esto incluye toda su actividad directa o indirecta y sus relaciones comerciales de cualquier tipo: de inversión, contratas o subcontratas, proveedores, etc. «Dentro de nuestras fronteras o en terceros países». Es decir, se las considerará responsables de cualquier violación de derechos que se produzca a lo largo de toda su cadena de suministro. Y, por ello, deberán adoptar planes para prevenirlas, mitigarlas y remediarlas.
• Creación de un «sistema disuasorio de infracciones y sanciones» para el incumplimiento de esta obligación. Es decir, si no se han elaborado estos planes o implementado medidas de diligencia debida, antes incluso de que se produzca un daño. Esta penalización puede ser económica, o el verse vetadas para contratar con la Administración o acceder a recursos de cooperación financiera o de internacionalización.
• En caso de que sí se hayan producido violaciones de derechos humanos en cualquier punto de la cadena de valor, «es importante garantizar a las víctimas el acceso a la justicia y a la reparación efectiva». Aquí se plantea apartar la carga de la prueba de las víctimas. Y, en su lugar, exigir a las empresas que demuestren «que actuaron con toda la debida diligencia para evitar el daño en cuestión».
• Nombramiento de una autoridad pública e independiente de rendición de cuentas, con un mandato claro y suficientes recursos.
• Obligación a las empresas de publicar un informe anual sobre sus planes de debida diligencia, su seguimiento y resultados.