Un instrumento para abrir caminos de comunión eclesial - Alfa y Omega

Un instrumento para abrir caminos de comunión eclesial

La Conferencia Episcopal acaba de publicar el documento Iglesia particular y vida consagrada. Cauces operativos para facilitar las relaciones mutuas entre los obispos y la vida consagrada de la Iglesia en España, que aspira a ser una útil herramienta al servicio de la comunión, el respeto, y el conocimiento entre la Iglesia diocesana y los religiosos

José Antonio Méndez

Las relaciones entre los obispos y la vida consagrada, especialmente desde el Concilio Vaticano II, no siempre han sido fáciles, aunque son, «desde hace decenios, tema de especial interés» para la Iglesia en España. Desde esta premisa arranca el último Documento publicado por la Conferencia Episcopal Española, y aprobado por la Asamblea Plenaria, Iglesia particular y vida consagrada. Cauces operativos para facilitar las relaciones mutuas entre los obispos y la vida consagrada de la Iglesia en España. Su objetivo es actualizar y unificar los principios de esta imprescindible relación eclesial, que ya habían quedado recogidos en un documento similar, de 1978, y en la Instrucción La vida religiosa, un carisma al servicio de la Iglesia, de 1981. Así, el documento ahora aprobado, además de reconocer que «las relaciones mutuas entre obispos e institutos de vida consagrada han ido recorriendo un camino no exento de dificultades y tensiones, que se van resolviendo con el firme compromiso de trabajar en favor de la comunión, con los gestos y actitudes que ello implica», parte de un «necesario fundamento teológico» y señala que, «desde la eclesiología de comunión, la vida consagrada reconoce en los pastores a los sucesores de los Apóstoles, quienes, con su autoridad y su primacía jerárquica, querida por Cristo, guían, pastorean y gobiernan al pueblo de Dios, del que los consagrados forman parte como miembros solícitos del bien común, poniendo al servicio de la Iglesia su vida y carisma específico».

El documento se divide en dos partes bien definidas. Una primera, en la que se recuerda que «la consagración es el fundamento de la comunión y de la misión eclesial», que «la comunión eclesial» es «un don del Espíritu», y que aborda la «misión y presencia de la vida consagrada en la Iglesia particular», en cada diócesis. «Teniendo la vida consagrada un puesto importante en la Iglesia como comunión, a quienes la profesan se les pide que sean expertos en comunión eclesial, uno de cuyos distintivos es la adhesión de mente y de corazón al magisterio de los obispos, que ha de ser vivida con lealtad y testimoniada con nitidez ante el pueblo de Dios por parte de todas las personas consagradas, especialmente por aquellas comprometidas en la investigación teológica, en la enseñanza, en publicaciones, en la catequesis y en el uso de los medios de comunicación», dice el texto. La segunda recoge 29 cauces para esa comunión entre los obispos y los más de 48.400 religiosos que hay en España.

Recomendaciones concretas

Esos 29 cauces operativos se dividen en tres enfoques: el primero, un mayor conocimiento y cercanía mutuos entre obispos y consagrados, y entre religiosos y el clero diocesano; el segundo, una más amplia integración y participación de los consagrados en la acción pastoral diocesana y en los órganos de consulta y gobierno (parroquias, arciprestazgos, Vicarías, diócesis y en la CEE); y, por último, una mayor coordinación, por parte del obispo, de los diferentes ministerios, servicios y obras apostólicas que los consagrados realizan en su sede episcopal. Entre la batería de propuestas, cabe destacar, por ejemplo:

• Fomentar encuentros entre consagrados y clero diocesano, para orar juntos, facilitar el mutuo conocimiento y las relaciones fraternas, y promover acciones conjuntas «que mantengan viva la conciencia del misterio de Cristo y su Iglesia».

• El obispo debe «contribuir al desarrollo de la vida espiritual (de los religiosos), procurando que haya confesores (diocesanos) en los monasterios de monjas, casas de formación y comunidades laicales más numerosas».

• Propiciar la formación de sacerdotes y consagrados, «profundizando en la eclesiología, y en la doctrina conciliar y pontificia sobre el episcopado y la vida consagrada».

• Los consagrados y las religiosas «han de secundar las directrices del obispo diocesano, referentes a la iniciación cristiana y a las líneas pastorales de la diócesis, en comunión fraterna con los sacerdotes y en los consejos de las parroquias y arciprestazgos, donde estén debidamente representados y ejerzan, en mutua colaboración, su acción pastoral».

• El obispo debe tener en cuenta «el parecer de los religiosos antes de nombrar a un Vicario o a un Delegado episcopal para la vida consagrada».

• Promover que, en los órganos pastorales y de gobierno de la diócesis, estén debidamente representados los religiosos incardinados en ella.

• Compartir información entre religiosos y obispos, para que pueda darse una cierta coordinación en la acción pastoral y caritativa de la diócesis, atendiendo a las necesidades de la sociedad y al Plan pastoral diocesano, cada uno según su carisma.

En resumen, facilitar al máximo las relaciones mutuas entre obispos y la vida consagrada de la Iglesia en España, porque, como dijo Benedicto XVI, «la nueva evangelización se llevará a cabo ahí donde resplandezca el testimonio concorde de una vida santa en la comunión de la Iglesia».