La Santa Sede aprueba las Constituciones de los Legionarios de Cristo - Alfa y Omega

La Santa Sede aprueba las Constituciones de los Legionarios de Cristo

El padre Eduardo Robles-Gil, director general de los Legionarios de Cristo, ha comunicado con una carta el 1 de noviembre, solemnidad de todos los santos, que la Santa Sede ha aprobado las nuevas Constituciones de la Legión. La aprobación fue firmada el 16 de octubre por monseñor José Rodríguez Carballo, OFM y el padre Sebastiano Paciolla, O. Cist., Secretario y Subsecretario de la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica respectivamente. Las nuevas Constituciones están ya en vigor

Redacción

Con este paso se cumple el objetivo principal del proceso de renovación iniciado en 2010 por mandato de Benedicto XVI y continuado por Francisco a través de un delegado pontificio, el cardenal Velasio de Paolis. El texto es resultado de un trabajo de consulta y reflexión que duró prácticamente tres años y en el que todos los legionarios tuvieron oportunidad de participar y aportar, y que culminó con la celebración del Capítulo General Extraordinario en enero y febrero de 2014.

Entre los cometidos principales del proceso de renovación estaban la clarificación del carisma, la simplificación y reducción de las normas, asegurar un ejercicio de la autoridad más participativo y conforme al Derecho Canónico, y la formación de los legionarios, con especial atención a la responsabilidad de cada uno de hacer su propio discernimiento vocacional y garantizar la distinción entre el fuero interno y el fuero externo.

El padre Robles-Gil afirma en su carta: «Tenemos ahora en nuestras manos el texto de nuestras constituciones que describe para cada uno de nosotros el modo específico de vivir la vida religiosa en la Legión, siendo así el camino que nos guía hacia la santidad y la fecundidad apostólica al servicio de la Iglesia y de los hombres».

Las constituciones de una congregación religiosa contienen las normas fundamentales que custodian y promueven la vivencia y desarrollo del propio carisma. En ellas se contienen las normas esenciales sobre la identidad y misión de la congregación, su gobierno y disciplina; la incorporación y formación de los miembros; el objeto de los vínculos sagrados. En ellas se deben armonizar los elementos espirituales y jurídicos, sin multiplicar las normas innecesariamente. Las aprueba la autoridad eclesiástica competente. En el caso de la Legión de Cristo, que es una congregación de derecho pontificio, la aprobación corresponde a la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica.

Algunas características de las nuevas Constituciones

Simplificación y reducción de las normas: Se han eliminado no pocos capítulos, artículos y números para facilitar la distinción de fondo entre lo esencial y lo accidental en la vida de la congregación y permitir una mayor adaptación a las circunstancias de tiempos y lugares, sin bajar a detalles aplicativos tan específicos. Han pasado 872 artículos en las Constituciones anteriores a 235 en las actuales. Se busca armonizar los elementos normativos con los espirituales, eliminando el tono exhortativo.

El carisma: Juan Pablo II en Vita Consecrata n. 93, comenta que el carisma de un instituto religioso hace presente en la Iglesia un aspecto del único misterio de Cristo. Esto establece una particular relación con Dios, de donde brota una espiritualidad; con los demás, de donde surge un estilo de vida y comunión; con el mundo, que determina la misión. «El juicio de su autenticidad de un carisma] y de su ejercicio razonable pertenece a quienes tienen la autoridad en la Iglesia, a los cuales compete ante todo no sofocar el Espíritu, sino probarlo todo y retener lo que es bueno» (constitución dogmática, Lumen Gentium, n. 12).

El nuevo texto constitucional recoge algunos aspectos en los números del 1 al 4. La misión de la congregación se describe en el número 4:

4. En su misión de formar apóstoles, líderes cristianos al servicio de la Iglesia, los legionarios hacen presente el misterio de Cristo que reúne en torno a sí a los Apóstoles, les revela el amor de su corazón, los forma y los envía para colaborar con Él en la instauración de su Reino (cf. Mc 3, 13-14, Mt 10, 5-10; Mt 28, 18-20). Por ello:

–1.° promuevan la plenitud de la vocación bautismal, buscando el crecimiento espiritual, la formación integral y la proyección apostólica de hombres y mujeres, entre ellos miembros del Regnum Christi, que estén llamados a desarrollar y ejercer su liderazgo al servicio de Jesucristo, quien transforma la vida personal, familiar, profesional y social de todos los hombres;

–2.° junto con ellos establezcan las instituciones y emprendan las acciones que más con­tri­buyan, en profundidad y en extensión, a construir el Reino de Cristo en la sociedad, y a salir así al paso de necesidades de la Iglesia universal y particular, en comunión con sus Pastores y según el carisma propio;

–3.° ejerzan su ministerio pastoral principalmente en los campos del anuncio de la fe, la educación, la evangelización de la familia, de la cultura y de los medios de comunicación social, la animación de grupos juveniles, la formación del clero y la promoción de la justicia, la caridad y la solidaridad con los más necesitados; así como en la atención espiritual y formación de los miembros del Regnum Christi.

El ejercicio de la autoridad: La estructura de gobierno y el modo de ejercer la autoridad a nivel general, territorial y local siguen mejor las disposiciones del Código de Derecho canónico: en el esquema de gobierno, asegurando que el ejercicio de la autoridad sea personal y se evite la multiplicación de oficios auxiliares (nn. 124, 125; en la duración del mandato y el cambio de superiores en los tiempos establecidos (n. 126); en el nombramiento de los superiores después de apropiadas consultas (n. 126 §5); en la figura del superior que es responsable de una comunidad reunida en torno a Cristo, y no mero representante de una instancia superior (Cap. 18); en la descentralización y en las más numerosas responsabilidades de los directores territoriales (Cap. 17); en la importancia y misión de los consejos que auxilian y moderan el ejercicio de la autoridad en todos los niveles y favorecen la rendición de cuentas (nn. 125 §3; 149, 5º; 176, 6º; 201, 3º; 223 §2).

La libertad de conciencia: Se asegura que haya directores espirituales y confesores distintos de los superiores de la Congregación a los que los religiosos puedan acudir libremente; se distinguen claramente el fuero interno y el fuero externo. (nn. 50; 59; 60; 212 §3)

La formación: Hay un énfasis especial en la responsabilidad de cada religioso para discernir su propia vocación y optar libremente por ella (nn. 63 §1, 3º; 65; 69; 77 §2; 83, 1º; 91 §1; 109). Se subraya también el sentido y valor de la disciplina que ha de ir acompañada por la educación de la libertad (nn. 39 §1; 71; 83,4º; 98); la importancia de la gradualidad y de la adaptación según etapas de formación, edades y circunstancias particulares (nn. 53 §2; 60 §1).

Más clara inserción en la Iglesia local: «Los legionarios, en sus diversos trabajos apostólicos, se suman a la pastoral orgánica de la Iglesia particular» (n. 5). (También nn. 4, 2º; 14, 3º).

Relación con el movimiento Regnum Christi: El capítulo general de la Legión de Cristo y las Asambleas Generales de los consagrados y consagradas del Regnum Christi expresaron su deseo de unidad dentro del movimiento Regnum Christi. Todavía está en curso el proceso para llegar a la configuración canónica del movimiento Regnum Christi, con la colaboración del asistente pontificio, padre Gianfranco Ghirlanda, SJ. Por esta razón los artículos nn. 1, 2º; 16; 112 y 130 §2, que afrontan la relación de la Legión con el Regnum Christi aparecen como no aprobados hasta no llegar a una legislación canónica definitiva de todo el Regnum Christi. Se prevé que esto concluya en el Capítulo General del año 2020.

Algunos puntos que no se afrontan directamente en las Constituciones y por qué

Según el Derecho Canónico, las constituciones contienen las normas fundamentales sobre el gobierno del instituto y la disciplina de sus miembros, la incorporación y formación de éstos, así como el objeto propio de los vínculos sagrados (can. 587 del Código de Derecho Canónico). Por lo mismo, no son el lugar para establecer procedimientos demasiado detallados o normas que no sean de carácter universal. Éste era uno de los aspectos a corregir en las Constituciones anteriores.

Ambientes seguros: La Legión de Cristo mantiene un firme compromiso en la prevención de abusos de menores, y una atención ágil y responsable a cualquier denuncia que se presente, la atención prioritaria a las víctimas y la plena colaboración con las autoridades civiles y eclesiásticas. Al tratarse de políticas que están en un proceso de mejora continua y que se ajustan a la legislación de cada país, no se pueden especificar en el texto de las constituciones. Las constituciones dan algunas orientaciones generales para el trato respetuoso con la mujer, los niños y los adolescentes (n. 29). Es en otros documentos en donde se expresan los compromisos y exigencias en este campo: Comunicado Capitular sobre el Gobierno, la autoridad y la obediencia, nn. 32-34, en el sitio institucional de internet, en la sección de ambientes seguros y en la carta del pro-director general del 5 de diciembre de 2013.

Padre Marcial Maciel: Las constituciones son un texto legislativo, por lo que no son el lugar para pronunciarse sobre las vicisitudes del fundador. Los comunicados de la Sala de prensa de la Santa Sede del 19 de mayo de 2006 y del 1 de mayo de 2010 distinguen claramente la Congregación de los Legionarios de Cristo y el Movimiento Regnum Christi de los hechos inmorales de su fundador. El cardenal João Braz de Aviz subrayó esta distinción en la conferencia de prensa del 31 de enero de 2014: «estamos tomando conciencia en distinguir el fundador del carisma en sí mismo y no solamente es el caso de los legionarios, también de otras cosas más antiguas y más nuevas. No todos los fundadores viven según la gracia que comunican, es así y es necesario distinguir las cosas».

En 2010 se emprende el camino de renovación para corregir los influjos negativos de la vida del fundador en la Congregación. En su libro-entrevista Luz del Mundo el Papa Benedicto XVI afirma:

«Para mí, Marcial Maciel sigue siendo una figura enigmática. Por una parte, una vida que, como ahora sabemos, se encuentra fuera de la moralidad, una vida de aventuras, disipada, extraviada. Por otra parte, vemos el dinamismo y la fuerza con la que construyó la comunidad de los Legionarios.

Entretanto, hemos llevado a cabo una visita apostólica y nombrado un delegado que […] prepara las reformas necesarias. Naturalmente, hay que hacer correcciones, pero en términos generales, es una comunidad sana. Hay en ella muchas personas jóvenes que quieren servir con entusiasmo a la fe. No se debe destruir ese entusiasmo. Muchos de ellos partieron de una figura falsa, pero al final se han visto llamados a adherir a una correcta. Éste es el hecho notable, la contradicción: que, por así decirlo, un falso profeta haya podido tener un efecto positivo. A estos jóvenes hay que darles un nuevo aliento. Hace falta una estructura nueva para que no caigan en el vacío sino que, rectamente conducidos, puedan prestar un servicio a la Iglesia y a los hombres».

El nuevo texto constitucional ofrece la nueva estructura jurídica para la vida de la Congregación a la que se refiere el Papa Benedicto XVI en Luz del Mundo.

El capítulo general, máxima autoridad de la vongregación, tomó una postura institucional respecto al fundador el pasado 6 de febrero.

Estadísticas de la Legión de Cristo (al 31 de diciembre de 2013)

Miembros: El 31 de diciembre de 2013 había 1.794 legionarios de Cristo: 4 obispos, 954 sacerdotes; 836 religiosos en formación y novicios. Hay además 945 alumnos en los centros vocacionales que no son considerados miembros de la congregación. En esa misma fecha había 49 sacerdotes con permiso de ausencia de comunidad, algunos de ellos están en proceso de abandonar la congregación. De estos, muchos terminan su proceso de incardinación durante el año 2014. Su salida se reflejará en la estadística de este año.

Casas y centros de formación: Al final del año 2013 la congregación está distribuida en 9 territorios y las Casas de Roma. Cuenta con 96 comunidades de apostolado, un filosofado, un teologado, 2 centros de humanidades clásicas, 7 noviciados y 15 centros vocacionales. Estas casas están en 22 países distintos.

Obras educativas: La Legión de Cristo y el movimiento Regnum Christi dirigen al 31 de diciembre de 2013:

  • 14 universidades o institutos de enseñanza superior: México (9), Chile (1), Italia (2), España (1) Estados Unidos (1).
  • 128 colegios en 17 países: México (86), Estados Unidos (9), Chile (5), España (7), Argentina (3), Irlanda (2), Italia (2), Venezuela (2), Colombia (2), Brasil (3), Filipinas (1), El Salvador (1), Francia (1), Hungría (1), Alemania (1), Suiza (1), Canadá (1).
  • 37 colegios Mano Amiga, para niños de escasos recursos, en 9 países: México (24), Chile (4), Colombia (2), Venezuela (2), Guatemala (1), El Salvador (1), Brasil (1), Argentina (1), Filipinas (1).

Más información:

Carta del padre Eduardo Robles-Gil a los Legionarios de Cristo

Carta de la CIVCSVA con la aprobación de las Constituciones original (italiano)

Carta de la CIVCSVA con la aprobación de las Constituciones (traducción al español)

Resumen del proceso de revisión de las Constituciones (2010-2014)