La Justicia condena a España por no acoger a dos refugiados sirios - Alfa y Omega

La Justicia condena a España por no acoger a dos refugiados sirios

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia contra el Ministerio de Trabajo y Migraciones por no asistir a dos sirios a los que debería haber incluido hace un año en su programa de acogida. Más de cien personas en las mismas condiciones esperan una salida a su situación

Juan Luis Vázquez Díaz-Mayordomo
Refugiados de Siria llegando al aeropuerto de Madrid-Barajas, en cumplimiento del programa de reubicación de la UE. Foto: EFE

Niños recién nacidos, mujeres embarazadas, familias enteras con menores, un niño con parálisis cerebral, chicos de 18 años que llevan sobreviviendo fuera de su casa desde los 14 años, una abuela que no habla más que turco…, y así hasta un centenar largo de personas a los que el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social ha denegado hasta ahora el derecho a ser incluidos en el programa de acogida para solicitantes de protección internacional.

La situación puede empezar a cambiar gracias a una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que estima dos demandas presentadas por dos jóvenes sirios y ordena su readmisión en dicho programa de acogida.

Todas estas personas fueron devueltas a España procedentes de otros países de la Unión Europea en virtud del Convenio de Dublín, por el que los solicitantes de asilo deben ser devueltos al país por el que entraron en la UE.

En su caso, estas personas entraron en nuestro país y con el tiempo emigraron a otros países europeos buscando el reagrupamiento familiar o mejores condiciones de vida o trabajo, pero cuando fueron devueltos a España hace un año el Ministerio «se desentendió de ellos y se han visto expuestos a unas condiciones penosas», explica a Alfa y Omega una fuente de la Red Solidaria de Acogida –vinculada a la pastoral social de Madrid–, que junto a otras asociaciones han dado soporte durante estos meses a los inmigrantes en todos los ámbitos de acogida.

«Sin que hubiera un cambio previo en la legislación, se les empezó a denegar la acogida a la que tienen derecho, lo que supone una violación de sus derechos fundamentales», explica esta fuente.

Debido a esta situación, estas personas «han tenido que buscarse la vida en albergues para personas sin hogar, en ocasiones con trastornos psiquiátricos graves, a las que no han atendido adecuadamente y que solo han podido ser atendidas por asociaciones y voluntarios. Han tenido que salir adelante con mucho esfuerzo y pasando hambre, en condiciones graves de deterioro».

Estas dos demandas favorables no son las únicas pero han sido las primeras, y gracias a ellas «esperamos un cambio muy grande en la situación de estas personas, porque hay algunas que han llegado a nuestro país procedentes de muy diversas problemáticas. Vienen de África, Siria, Yemen, Irak…, algunos han entrado también desde Grecia o Líbano, todos motivados por una amenaza de persecución o daño para su vida».