El Foro de la Familia propone el Matrimonio Blindado Opcional - Alfa y Omega

El Foro de la Familia propone el Matrimonio Blindado Opcional

Ante los datos que reflejan el incremento de las rupturas matrimoniales en España, especialmente desde la aprobación de la Ley del Divorcio Express en 2005, el Foro Español de la Familia ha presentado esta semana la de un Matrimonio Blindado Opcional, que centrará la campaña divulgativa del Foro durante el próximo curso, y que terminará por plantearse como Iniciativa Legislativa Popular

José Antonio Méndez

El Foro de la Familia presentó, el pasado miércoles, las líneas maestras que centrarán su próxima campaña, el curso que viene: el Matrimonio Blindado Opcional. Una propuesta que incluirá acciones informativas y divulgativas, y que concluirá con la articulación de una Iniciativa Legislativa Popular. Según ha explicado el Foro en un comunicado, «la Constitución española no quiso optar por ningún modelo matrimonial concreto, siendo en consecuencia compatible tanto con un modelo divorcista como con uno que ampare la indisolubilidad del matrimonio o con fórmulas mixtas que reflejen el gran pluralismo social al respecto. Desde la reforma del Código civil de 1981 que introdujo el divorcio en nuestra legislación y, especialmente, desde la ley 13/2005, el número de rupturas matrimoniales se ha disparado en España constituyendo ya el divorcio una fuente de inestabilidad social importante ante la que los poderes públicos no pueden ser indiferentes».

Para un matrimonio indisoluble

«Es evidente -continua el texto del Foro- que en la sociedad española hay personas que desean un matrimonio acogido a un derecho al divorcio sin trabas -que es la única opción que el legislador permite desde 2005- y hay personas que desearían que la ley blinde más su matrimonio para protegerse frente a sus propias tentaciones de ruptura en momentos de crisis; y hay también personas que tienen su matrimonio por indisoluble y no comprenden por qué la ley no quiere proteger esta voluntad real de indisolubilidad, máxime si para ellas esa irrevocabilidad del matrimonio ha sido condición esencial para casarse. La radical imposición legal de la divorciabilidad a petición unilateral de un cónyuge y sin necesidad de alegar causa alguna que establece la ley 13/2005 no es compatible con el pluralismo y la libertad de los ciudadanos y ayuda bien poco a fortalecer la institución matrimonial».

Por la falta de consenso

El Foro recuerda que «recientes estudios acreditan que muchos divorciados hubiesen deseado que, en el momento en que instaron la disolución de su matrimonio, la ley o las autoridades judiciales les hubiesen puesto trabas o exigido tiempo y reflexión antes de dar por buena su petición, pues tienen la percepción de que actuaron en un clima de tensión emocional que les llevó a una decisión errónea de la que se arrepienten a posteriori y creen podrían haber arreglado su matrimonio si el sistema les hubiese ayudado a plantearse con más calma y reflexión su decisión».

Además, la organización recuerda que «es patente que no hay consenso social suficiente para imponer por ley un matrimonio ni indisoluble ni divorciable a voluntad, por lo que parece prudente que el legislador opte por fórmulas que amplíen la libertad y el derecho a opciones plurales a la hora de configurar cada pareja el régimen jurídico de su compromiso. Se aumentaría así la libertad de elegir reconociendo nuevos derechos, algo muy propio de una sociedad pluralista».

Modificar el Código Civil

Por todo ello, la iniciativa que propone la entidad presidida por don Benigno Blanco, sugiere «modificar el Código Civil para -manteniendo el matrimonio divorciable unilateralmente establecido en 2005 para quienes opten por esta fórmula- crear nuevas opciones jurídicamente relevantes a elegir libremente por los esposos: la total indisolubilidad de su relación matrimonial o un régimen de blindaje frente al divorcio pero sin excluir éste en ultimo término. Así se hace más libres a los españoles, pues la ley no le impondrá obligatoriamente a nadie una opción concreta sobre la firmeza de su compromiso matrimonial sino que se permitirá que cada uno opte por la protección jurídica que responda de verdad a su voluntad real a la hora de casarse».

Eso sí, para entender esta propuesta en sus justos términos, «debe tenerse en cuenta que hoy no es posible intentar defender ante los tribunales de justicia la permanencia del vínculo matrimonial. Nuestras leyes solo permiten defender ante los tribunales la ruptura del matrimonio, pero impiden defender su permanencia. Esto no parece muy razonable ni coherente con la voluntad real de una inmensa mayoría de los que se casan».

El núcleo de la reforma

El núcleo esencial de la reforma que propone el Foro «será una nueva redacción de ciertos artículos del Código Civil para permitir que los cónyuges, si esta es su voluntad matrimonial, se puedan acoger a un marco jurídico que les obligue a intentar resolver los eventuales conflictos matrimoniales en que se vean inmersos por fórmulas de composición y ayuda externa antes de acudir a los tribunales para instar la separación o la disolución, previéndose la separación para situaciones muy serias de riesgo o de incumplimiento de las obligaciones conyugales y la ruptura del matrimonio -si no lo excluyen total y libremente los esposos de su régimen jurídico matrimonial- como acción solo planteable transcurrido largo tiempo desde la separación. Queda así configurado un nuevo pluralismo en materia matrimonial para que nadie se sienta excluido de protección jurídica y en situación de alegalidad respecto a su real voluntad matrimonial como sucede actualmente».

Asimismo, la reforma propuesta «incluirá la protección jurídica del carácter irrevocable del compromiso matrimonial si así lo pactan los cónyuges libremente como condición de su compromiso, pues ésta es la forma de entender el matrimonio por parte de los que se casan -sea por convicciones religiosas o por cualquier otro motivo- y no hay razón para que esa voluntad sea desconocida e ignorada por la norma jurídica».

Con carácter retroactivo

Además, la reforma del Código Civil propuesta por el Foro contemplará «una disposición transitoria preverá la posibilidad de que los matrimonios celebrados con anterioridad a esta nueva ley puedan acogerse a alguna de las nuevas posibilidades que se abren con plena eficacia jurídica». Así, tal y como recuerda el Foro, «la reforma legal que se propone se refiere a la regulación legal del Estado español sobre el matrimonio, sin afectar para nada ni al matrimonio canónico ni a la regulación de otras confesiones religiosas distintas de la propia de la Iglesia católica. Se trata de dar protección jurídica en el Derecho español a quienes no quieren casarse en un régimen de divorcio unilateral y sin causa y que hoy se sienten discriminados y excluidos por una legislación que solo protege jurídicamente a quienes desean casarse bajo un régimen legal de ruptura garantizada».