¿Qué es y qué no es la reforma de las nulidades? - Alfa y Omega

¿Qué es y qué no es la reforma de las nulidades?

¿Nulidad exprés? ¿Divorcio a la católica? De la mano de dos expertos explicamos en qué consiste la reforma impulsada por el Papa para los procesos de nulidad matrimonial, que entra en vigor el próximo 8 de diciembre

Juan Luis Vázquez Díaz-Mayordomo

El objetivo de la reforma impulsada por el Papa es simplemente «facilitar a los fieles interesados la resolución de una posible nulidad matrimonial», explica Miguel Ángel Torres-Dulce, juez instructor del Tribunal Metropolitano de Madrid. «Se trata de una reforma de carácter procedimental, no de contenidos o de los motivos por los que se declara la inexistencia de un consentimiento matrimonial válido».

«La novedad más relevante –continúa– consiste en suprimir la necesidad de dos sentencias conformes para declarar la nulidad de un matrimonio canónico. Si no hay apelación, la sentencia será ejecutiva». Esta medida, en la práctica, supondrá «reducir a la mitad el tiempo de un buen número de las demandas presentadas ante los tribunales eclesiásticos».

Junto a ello, se ha instaurado un nuevo tipo de proceso «que puede denominarse proceso breve, para las demandas que presenten argumentos particularmente evidentes en pro de la nulidad a juicio del vicario judicial diocesano. Estos procesos los resolverá el obispo de cada diócesis», señala el juez.

Finalmente, «se establece la gratuidad de los diversos procesos matrimoniales canónicos, por lo que la Iglesia dejará de percibir las tasas correspondientes, que hasta ahora servían para sufragar los gastos de las curias judiciales», concluye.

No va a ser manga ancha

La profesora Carmen Peña García, doctora en Derecho Canónico por la Universidad Pontificia Comillas que participó en calidad de Experta en el último Sínodo de la Familia, subraya que esta reforma «va en la línea de lo que se apuntó en la última asamblea sinodal», y estima como «muy positivo» el que se subraye la figura del obispo, «porque así se refuerza la dimensión pastoral de los procesos de nulidad».

Peña cree que «existe el riesgo de que la reforma pueda ser interpretada. Algunos medios han dejado caer que a partir de ahora habrá manga ancha. Yo creo que no va a ser así. Siempre va a tener que probarse la nulidad, aun en los casos que parezcan más claros».

«Lo que se va a hacer es facilitar el proceso –continúa– . Por ejemplo, haciendo que a partir de ahora sea gratuito. O también evitando que un fiel tenga que desplazarse a otra diócesis distinta de la de su residencia».

«Pero sigue siendo un juicio con sus garantías», explica la profesora. «No se puede presentar la reforma diciendo que a partir de ahora todo matrimonio va ser declarado nulo en los procesos. No se puede presumir la nulidad a priori. Se va a mantener la necesidad de las pruebas y documentos, aunque si se trata de un caso clarísimo de nulidad apoyado por alguna prueba contundente, entonces se va agilizar para no tener que hacer todo el recorrido habitual innecesariamente. Creo que esta reforma, si se aplica bien, va a ser muy positiva, pero insisto en que no hay que llevarla a cabo con una mentalidad divorcista; siempre va a haber que probar la nulidad».

Finalmente, algo «muy positivo» es que «la Iglesia va a poder acercarse a los fieles que por su situación se habían alejado de la Iglesia. Es como si el Papa les dijera: Acercaos, venid, vamos a estudiar vuestro caso… Va a ser un modo de acercarse a muchos que habían tirado la toalla alejándose de la Iglesia».